Nuevo golpe del Supremo a 'Sálvame': Deberá pagar 50 euros a este famoso

El Alto Tribunal ha confirmado la condena al programa de las tardes de Telecinco y a Mediaset por vulneración del honor
J. C. RUBIO
España
08.07.2021
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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 'Sálvame' y Mediaset por vulnerar el honor de Cayetano Martínez de Irujo en 'Sálvame Naranja' y 'Sálvame Limón', al que deberán pagar una indemnización de 50 euros. Los jueces ratifican así la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, aunque el tribunal ha reducido las exigencias de 291 euros del hijo menor de la fallecida Duquesa de Alba.

La causa de la querella presentada por el aristócrata, de 58 años, fueron los comentarios vertidos contra él en las emisiones del programa de las tardes de Telecinco de los días 28, 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2017. El Conde de Salvatierra denunció que las declaraciones de varios de los colaboradores del formato presentado por Jorge Javier Vázquez vulneraban su honor y no eran informativas, según publica el digital VozPopuli.

Tras ejecutar la demanda, Martínez de Irujo presentó además un recurso de casación porque, según su versión, se debía tener en cuenta la elevada audiencia de 'Sálvame', así como los ingresos publicitarios que la cadena de Fuencarral obtiene con el espacio vespertino de cotilleos, para establecer una indemnización más alta. El Alto Tribunal ha rechazado revisar esa cifra pero ha ratificado la condena al programa producido por La Fábrica de la Tele.

En el dictamen del tribunal se explica que se ha tenido en consideración a la hora de ratificar la primera sentencia "el contenido y carácter ofensivo de las expresiones utilizadas, su reiteración e intensidad, dado que eran varios colaboradores los que las proferían, el alto nivel de audiencia y difusión (ocho programas en cuatro días) y la imputación e intención delictiva que se hizo, carente de todo fundamento".

En un primer momento, los demandados estaban obligados a retirar los citados programas de la web de Telecinco y a publicar la parte dispositiva de la sentencia, desestimándose indemnización alguna. Poco después, la Audiencia Provincial fijó los 50 euros, estimando parcialmente el recurso interpuesto por el demandante, que reclamaba casi 300 euros al formato de Mediaset. Esta última es la sentencia que ha corroborado el Tribunal Supremo.

Esto supone un nuevo revés judicial para 'Sálvame' después de que a primeros de mes el exitoso espacio televisivo fuese multado con 1,1 millones de euros por la "emisión de contenidos perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores de edad", al hablar los días 8, 9 y 10 de enero de 2018 de agresiones en directo, menciones con eufemismos a la prostitución e, incluso, el intento de suicidio del tertuliano Alonso Caparrós.

El Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia establece que todos los productos audiovisuales deben contar con una calificación por edades. Para la televisión en abierto, se establece un horario de protección general entre las 06:00 y las 22:00 horas. En esta franja no se podrán emitir contenidos que puedan resultar perjudiciales, es decir, no recomendados para menores de 18 años. Este tipo de contenidos podrán emitirse fuera de este horario y siempre deberán ir precedidos por un aviso acústico y visual. 

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