El Gobierno aprueba la ley que prima la gestión pública de la sanidad

Este proyecto de ley busca eliminar el copago de transporte sanitario no urgente, así como el de prótesis y ortopedias para personas vulnerables.
Miguel P. Montes
España
15.06.2022
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Proyecto de Ley por el que se modifican diversas normas para consolidar la Equidad, Universalidad y Cohesión del Sistema Nacional de Salud (SNS). La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha subrayado que la norma fortalece el Sistema Nacional de Salud como pilar básico del Estado del bienestar, amplía derechos de la ciudadanía y recupera otros que habían sido suprimidos. Su finalidad, ha dicho, es "mejorar la vida de la gente y proteger a los más vulnerables" y realizar "una inversión en salud, que es una garantía para la sociedad del presente y especialmente del futuro".

La nueva norma responde a los compromisos de investidura y del pacto de gobierno, está prevista entre las reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia e incluye dieciséis de las propuestas del Dictamen de la Comisión para la Reconstrucción Social y Económica aprobado en el Congreso de los Diputados.

Darias ha destacado que el texto aprobado parte de la defensa del valor de lo público, de ahí que blinde la sanidad pública y la gestión directa como el modelo a seguir en el Sistema Nacional de Salud. Esta gestión directa es la que realizan las Administraciones Públicas -estatal, autonómica y local-, las entidades que constituyen el sector público institucional o consorcios de titularidad exclusivamente pública.

La gestión indirecta se permitirá solo en determinados casos: "La ley establece las excepciones que habilitan la gestión indirecta bajo una visión complementaria y de apoyo, nunca sustitutoria, siempre motivada objetivamente y solo cuando no sea posible la gestión directa", ha afirmado Darias.

Otro aspecto importante es que se recupera la cartera única común de servicios, que incluye todas las prestaciones públicas y establece las garantías necesarias para que no se puedan volver a introducir nuevos copagos sanitarios. En este ámbito, quedan eliminados los copagos por prestaciones ortoprotésicas para los colectivos a los que ya se liberó del copago farmacéutico, concretamente las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital, los pensionistas con rentas bajas, las personas menores con discapacidad reconocida, y las personas perceptoras de una prestación por hijos a cargo.

Asimismo, se reconoce el derecho a la asistencia sanitaria con cargo a los fondos públicos a las personas ascendientes reagrupadas cuando tengan un hijo o hija titular del derecho a la asistencia sanitaria en el SNS y no exista un tercero obligado al pago; a las personas españolas de origen que residan en el exterior durante sus desplazamientos a nuestro país, así como a sus familiares; a las personas solicitantes de protección internacional, a las personas solicitantes y beneficiarias de protección temporal, y a las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual.

La ministra ha explicado que la ley también garantiza que el derecho a la protección a la salud y la asistencia sanitaria de las personas no registradas ni autorizadas como residentes en España sea ejercido con los mismos requisitos y condiciones en todas las comunidades autónomas. Del mismo modo, se regula con carácter homogéneo la rehabilitación para personas con déficit funcional en los ámbitos sanitario y sociosanitario.

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