El Gobierno lamenta la "falta de sentido de Estado" del Tribunal Constitucional

Varios ministros se pronuncian a favor del estado de alarma declarado en marzo de 2020 porque "salvó miles de vidas".
Miguel P. Montes
España
16.07.2021
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El Gobierno no se recompone del varapalo que le propinó el Tribunal Constitucional el pasado martes. El Ejecutivo sigue defendiendo el estado de alarma como una herramienta jurídica eficaz para frenara la expansión del Covid-19 en España durante la primera ola. Por ello, desde La Moncloa laamentan la "falta de sentido de Estado" del Constitucional por oponerse a la alarma como figura jurídica que facilitara la toma de medidas para contener al virus. 

Han sido varios ministros los que han rechazado esta resolución judicial. ”No me atrevo a hacer valoraciones en ese sentido, cada uno sabrá su propia responsabilidad.Lo que sí que digo es que cuando uno está en un órgano como el Tribunal Constitucional tiene que tener un sentido de Estado, tiene que saber cuál es la realidad, y el propio Tribunal Constitucional dijo [en un auto en abril de 2020] que el confinamiento era la única medida adecuada”, aseguró la ministra de Defensa, Margarita Robles. 

Además, tachó la decisión de los seis jueces que ratificaron la denuncia de Vox en contra del confinamiento domiciliario de “elucubraciones doctrinales que están muy bien, pero no deberían plasmarse en sentencias”. Por último, indicó que, "cuando ha pasado ya tanto tiempo, cuando ese estado de alarma ha terminado, sembrar estas dudas, estos debates doctrinales que creo que son más propios del ámbito de la cátedra que de otro, bueno, pues yo lo respeto pero obviamente no lo comparto”.

El Tribunal Constitucional anuló este miércoles el artículo que declaraba el confinamiento domiciliario decretado por el Gobierno de España a través del estado de alarma el 14 de marzo de 2020 para contener la expansión del Covid-19 en su primera ola en España. Un recurso presentado por Vox contra el encierro domiciliario ha contado con seis votos a favor y cinco en contra para decretar como inconstitucional dicho artículo. 

La sentencia anula los apartados 1, 3 y 5 del artículo 7 del decreto aprobado por el Consejo de Ministros. El primero regulaba el confinamiento y, por ende, restringía la capacidad de movimientos de los ciudadanos. El segundo prohibía la circulación de vehículos. El tercero permitía al Ejecutivo cortar las carreteras "por razones de salud pública". 

La resolución judicial no cuestiona la utilidad de las medidas, ya que las considera proporcionadas a la emergencia sanitaria. Lo que rechaza es el instrumento jurídico con el que se establecieron dichas prohibiciones. Para haber aprobado estas medidas, el instrumento legal que se debería haber aprobado para llevar a cabo dichas restricciones es el estado de excepción. 

"El Gobierno quiere señalar que va a analizar la resolución. El Gobierno la respeta pero no comparte la resolución ante el recurso de Vox. El confinamiento del estado de alarma permitió salvar cientos de miles de vidas. La OMS declaró el 11 de marzo de 2020 su preocupación por la enfermedad. Por ello, la OMS determinó en esa fecha que la enfermedad debía ser conmiserada una pandemia global. Es esas fechas, España empezaba a atravesar la peor crisis sanitaria de la historia reciente. Los números de personas fallecidas llegaron a alcanzar cotas de casi mil muertos al día", aseguró la ministra de Justicia, Pilar Llop. 

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