Don Juan Carlos paga cuatro millones de euros a Hacienda en una segunda regularización

El abogado del exjefe del Estado ha presentado voluntariamente dicha cantidad a la Agencia Tributaria por cientos de vuelos de los que disfrutó el emérito y que fueron pagados por su primo.
Miguel P. Montes
España
26.02.2021
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Don Juan Carlos de Borbón ha pagado cuatro millones de euros a la Hacienda española en una segunda regularización de su situación fiscal por rentas no declaradas durante varios ejercicios que superan los ocho millones de euros. El rey emérito, que vive en Abu Dabi desde el pasado 3 de agosto, reconoce el fraude al adelantarse a presentar la regularización antes de que la Fiscalía le comunicara oficialmente la investigación sobre este montante económico. De esta forma, el padre de Felipe VI intenta evitar el delito fiscal.

El rey emérito abona de esta forma parte del total, el 47%, de vuelos de los que disfrutó en una compañía de jet privados pagados en 2018 por la fundación Zagatka, propiedad de su primo Álvaro de Orleans. Los vuelos tributan por IRPF, y se debe pagar la mitad del total, por lo que la cantidad inicial de los gastos es superior a los ocho millones de euros. 

El abogado del monarca emérito, Javier Sánchez Junco, ha mantenido contactos permanentes con el Ministerio de Hacienda para esta nueva regularización. Las conversaciones se han dilatado durante meses. El atraso del pago se ha debido a la dificultad del emérito y de sus asesores por reunir la millonaria cantidad de dinero que el exrey ha atenido que pagar. No obstante, el exjefe del Estado deberá demostrar el origen de dicho dinero. 

El pasado 9 de diciembre, Don Juan Carlos ya pagó 678.393 euros correspondiente a una deuda tributaria entre 2016 y 2018, periodo de tiempo en el que ya había abdicado y en el que, por ende, no gozaba de la inmunidad que le otorgaba la Jefatura del Estado. 

La Fundación Zagatka se creó en Liechtenstein el 1 de octubre de 2003. El primer beneficiario es Álvaro de Orleans, primo lejano del emérito. Según sus estatutos, su origen se apoya en el hecho de ayudar al entonces Rey de España en reconocimiento de su trabajo por proteger la democracia en España. El segundo beneficiario era un hijo de Álvaro de Orleans y, el tercero, Juan Carlos de Bobón. El cuarto beneficiario era el entonces Príncipe de Asturias y ahora monarca, Felipe VI. Por último, estaban Elena y Cristina de Borbón. Sin embargo, Don Felipe renunció en marzo a cualquier herencia que le pudiera corresponder de su padre y negaba cualquier tipo de conocimiento sobre su presencia como presunto beneficiario de la fundación. El pasado mes de junio, no obstante, la Fundación Zagatka modificó sus estatutos y eliminó al emérito y a sus tres hijos como beneficiarios de la misma. 

¿El emérito evita el delito fiscal?

La legislación vigente establece que cualquier contribuyente puede evitar la acusación de delito fiscal si se abona la deuda antes de que Hacienda o la Justicia le notifique el inico de acutaciones. El artículo 305.4 del Código Penal asegura que se da por regularizada la situación tributaria establece lo siguiente:

"Se considerará regularizada la situación tributaria cuando se haya procedido por el obligado tributario al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria, antes de que por la Administración Tributaria se le haya notificado el inicio de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias objeto de la regularización o, en el caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la Administración autonómica, foral o local de que se trate, interponga querella o denuncia contra aquél dirigida, o antes de que el Ministerio Fiscal o el Juez de Instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias.

Asimismo, los efectos de la regularización prevista en el párrafo anterior resultarán aplicables cuando se satisfagan deudas tributarias una vez prescrito el derecho de la Administración a su determinación en vía administrativa.

La regularización por el obligado tributario de su situación tributaria impedirá que se le persiga por las posibles irregularidades contables u otras falsedades instrumentales que, exclusivamente en relación a la deuda tributaria objeto de regularización, el mismo pudiera haber cometido con carácter previo a la regularización de su situación tributaria".

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