Durante siglos se ha escuchado que el perro es el mejor amigo del hombre, por eso cada vez más observamos en las calles más canes que ayudan al ser humano.
En España existen una gran variedad de perros que desempeñan distintas labores de acompañamiento que se encuentran englobados en el grupo de “perros de asistencia”. Un conjunto de perros que han sido adiestrados a través de fundaciones, organizaciones o asociaciones, donde un grupo de profesionales adiestran a estos animales, para acompañar y ayudar a personas con discapacidad a lo largo de su vida para facilitar su autonomía. Para la cual se lleva a cabo una clasificación de los perros de asistencia
Los perros de asistencia se clasifican en los siguientes tipos:
a) Perro guía: perro adiestrado para guiar a una persona con discapacidad visual, ya sea total o parcial, o con una discapacidad auditiva añadida.
b) Perro de servicio: perro adiestrado para promover la autonomía personal de una persona con discapacidad física, mediante la ayuda y asistencia en las actividades de la vida diaria.
c) Perro de señalización de sonidos: perro adiestrado para avisar a las personas con discapacidad auditiva de la emisión de sonidos y su procedencia.
d) Perro de aviso: perro adiestrado para dar una alerta médica a las personas que padecen diabetes, epilepsia u otra enfermedad que se reconozca.
e) Perro para personas con trastorno del espectro autista: perro adiestrado para promover la autonomía personal de estas personas usuarias mediante la ayuda y asistencia en las actividades de la vida diaria.
Estos canes tienen el libre acceso a los distintos espacios tanto públicos como privados, así mismo al transporte público. Además, puede acceder a hoteles, restaurantes-bares, grandes superficies, supermercados, hostales, apartamentos hosteleros, entre otros sin coste adicional, para la persona que va acompañada de este animal. Además, en comunidades como Madrid, Castilla León, Galicia y Cataluña, pueden acceder a los distintos espacios comunes aquellos animales en proceso de aprendizaje o que ya se encuentran jubilados. Pueden ser sancionados ante la negativa.
La no admisión de las personas con discapacidad y su perro supone una falta muy grave, que conlleva una sanción que estila desde una multa económica de 9 a 180 € conjuntamente a estas pueden producirse el cierre del establecimiento desde un mes a ser de carácter definitivo. Estas leyes tienen previsto regularse de manera que sean más graves las sanciones, dado a que los incidentes han aumentado más de un 10% en los primeros meses de 2020.
Normativas
Estos accesos están regulados en La Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las personas con discapacidad, firmada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, en España en el Boletín Oficial del Estado de 21 de abril de 2008.
En su artículo 9 regula la accesibilidad de las instalaciones y servicios abiertos al público o de uso público a fin de que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente. De igual manera, las distintas comunidades autónomas recogen en sus respectivos boletines distintas leyes que respaldan el libre acceso de los canes de asistencia, así que puede decirse que deben ser tratados como uno más.