El objetivo es optimizar los recursos disponibles en el territorio y dar un mejor servicio a las necesidades de seguridad pública de la ciudadanía.
El acuerdo contempla la posibilidad de conveniar con las policías de las capitales de los territorios históricos su participación en servicios y funciones de mantenimiento de la seguridad ciudadana, como policía de proximidad, así como en el ejercicio de las funciones de policía judicial.
Asimismo, en el convenio se fija la delimitación de servicios de una y otra policía conforme a las funciones que el ordenamiento jurídico les atribuye, así como los dispositivos, operaciones e incidencias de ambas policías en función de su titularidad (exclusivas, compartidas o complejas).
De igual manera, se establece estándares generales de presencia policial, fijando prioridades en función de las competencias respectivas con el fin de garantizar una presencia continua y visible en todo el término municipal.
Intercambio de información
En el documento ratificado por Seguridad y el Alcalde de Bilbao se contemplan los mecanismos de intercambio de información de interés policial, tanto de carácter periódico como en cuanto a la información inmediata de determinados hechos de interés policial, así como la protocolización de las comunicaciones policiales de urgencia.
A fin de facilitar el cumplimiento de los fines del convenio, las partes intervinientes adoptarán las medidas precisas para que la Policía Local-Udaltzaingoa se integre en el Centro de Elaboración de Datos del País Vasco, mediante la firma de los correspondientes protocolos.
También se contempla la creación de una Mesa de Coordinación operativa paritaria para, entre otras, encuadrar la tipología de incidencias y su asignación, planificar dispositivos conjuntos y transferencia de titularidades de incidencias.
En el mismo texto se plantea la adopción de las medidas técnicas oportunas para garantizar la intercomunicación de las distintas Centrales de Comunicación (CMC) de la Ertzaintza y la Policía Local.
Además, las partes que suscriben el convenio acuerdan la participación de la Policía Local en funciones de policía judicial en las materias y con la responsabilidad que se decidan bilateralmente atendiendo a los criterios previstos en el convenio, teniendo en cuenta la capacidad del cuerpo de policía local. Mediante acuerdo entre las partes, se podrá crear un Centro Específico de Coordinación operativa en materia de policía judicial, para garantizar en todo momento la actuación policial coordinada.