El Consejo Asesor del Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI) es el órgano encargado de establecer las medidas preventivas frente a la pandemia en el País Vasco y esta decisión se ha tomado pese a la publicación en el Boletín Oficial de Estado (BOE), este sábado, de la declaración de actuaciones coordinadas (DAC) frente al COVID-19 acordada en el Consejo Interterritorial el pasado miércoles.
Tras la reunión con las Comunidades, el Ministerio de Sanidad les trasladó la Orden con las restricciones al ocio nocturno y la hostelería, a la vez que les recordó que son de obligado cumplimiento hasta que la Ministra, Carolina Darias, "apruebe la finalización de su vigencia" previo acuerdo del Consejo Interterritorial.
En la Orden, que se ha publicado este sábado en el BOE se insiste en el carácter obligatorio de las medidas, "que obliga a todas las Comunidades y ciudades con Estatuto de Autonomía, con independencia del sentido de su voto". Euskadi no participó ni votó en el encuentro y posteriormente anunció que no aplicaría las medidas. Por ello, a primera hora del sábado, el Gobierno Vasco, que entiende que cuenta con "la competencia y las garantías jurídicas", ha recordado las principales medidas en vigor en la Comunidad Autónoma frente al COVID-19, las que se han aplicado desde su aprobación el lunes 31 de mayo, en la última reunión del LABI.
Por esta causa, el horario de cierre de establecimientos y cese de actividades culturales, sociales y comerciales se mantiene a las 24 horas, además se respetan los aforos de los comercios de más de 150 metros cuadrados en un 40% y en un 50% hasta 150 metros cuadrados.
Ena la hostelería, que también cierra a medianoche, se mantiene el aforo en interiores al 50%, se prohíbe el consumo en barra o de pie. En cada mesa se permite un máximo de 4 personas y la mascarilla es obligatoria salvo durante la ingesta. Los locales de juego también cierran a las 24 horas, con aforo al 50%.
La práctica deportiva al aire libre se puede desarrollar sin limitación del número de personas y en interior con un máximo de 6. El deporte escolar se hará en entrenamiento y sin vestuarios. En las instalaciones deportivas, el aforo es del 50% y en los vestuarios del 30%. No hay público en eventos deportivos. La mascarilla es obligatoria salvo en actividad física intensa en el exterior.
El aforo en los lugares de culto es del 35%. En velatorios y entierros al aire libre, podrán asistir 30 personas y en lugares cerrados, 6. Se mantiene el cierre de los txokos, sociedades gastronómicas, lonjas y similares, a igual que el de establecimientos y locales de ocio nocturno.
Sin cierres perimetrales, toque de queda ni limitación de agrupaciones de personas, se recomienda autolimitar la movilidad nocturna, la movilidad innecesaria y encuentros de más de 4 personas.
Declaración de Actuaciones Coordinadas (DAC)
La DAC fue aprobada por la mayoría de las comunidades autónomas (Castilla -La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Ceuta, Cantabria, La Rioja, Asturias, Canarias, Baleares, Navarra y Aragón), aunque seis de ellas (Madrid, País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía y Murcia), que suponen más del 60% de la población, votaron en contra, además de Castilla y León y Melilla, que se abstuvieron. El Ministerio de Sanidad aduce que es de obligado cumplimiento al haber sido aprobada de acuerdo con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, “de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre los Acuerdos de Conferencia Sectorial referidos a un ámbito material, el sanitario en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general”. A este respecto, cabe señalar que las comunidades autónomas fueron notificadas a lo largo del pasado viernes requiriendo su ejecución.
Más allá de las medidas referidas a los locales de ocio y restauración, la DAC también incluye medidas en el ámbito de la vacunación frente a la covid-19, en cuanto a la obligación de implementar la campaña “siguiendo la estrategia de vacunación frente a COVID-19 aprobada por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y a propuesta de la Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones de dicho Consejo Interterritorial”. Un mensaje que parece claramente dirigido a la polémica por la utilización de la vacuna de AstraZeneca para completar la pauta de los menores de 60 años que ya han recibido una primera dosis de Vaxzevria.
El documento aprobado por el CISNS también aborda el establecimiento de medidas en relación con los cribados de población asintomática. Se indica que cuando esos cribados se efectúen en población que no pertenezca a colectivos sujetos a cribados rutinarios, se realizarán cuando se estime necesario y siempre bajo el criterio de la unidad de Salud Pública de la comunidad o ciudad autónoma. Además, en este caso, esos cribados deberán tener “un objetivo concreto definido en su protocolo técnico y seguirán las directrices incluidas en la «Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de covid-19» de la Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud publicada en la página web del Ministerio de Sanidad”.
La DAC también incluye información sobre la realización de la siguiente ola del estudio nacional de seroprevalencia ENE-Covid. Tal y como explica, se realizará una quinta ronda tras alcanzar el objetivo de cobertura de vacunación del 70% de la población y, en todo caso, antes de que finalice el año 2021.