En rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, Urkullu ha afirmado que el Ejecutivo autónomo analiza diariamente y hasta en dos ocasiones a lo largo de la jornada, los datos de contagio de la pandemia y su evolución. Según ha precisado, el Ejecutivo realiza una observación de carácter territorial y también en relación a "lo que ocurre en las capitales", lo que lleva a "mantener la esperanza de que se mantenga la evolución epidemiológica en una tendencia que hasta ahora ha sido descendente".
"Pero somos conscientes de que estamos en dos semanas complicadas de analizar porque coinciden con cuatro días consecutivos en los que la capacidad de rastreo, de pruebas, se ve alterada, condicionada, tanto por la propia capacidad profesional como por las personas que manifiestan su deseo de someterse a las pruebas correspondientes", ha añadido.
Urkullu ha insistido en que su Gobierno analiza "con toda cautela" la incidencia y "tendencia descendente que, en algún caso, se ha estancado", y ha precisado que les mueve "la esperanza del descenso en la ocupación de camas hospitalarias y UCI, principalmente, más que la positividad, por lo complejo de las fechas".
Según el Lehendakari, tras analizar la situación "día a día", el Gobierno Vasco "no cree necesario" modificar las medidas adoptadas en el último Consejo Asesor del Plan de Protección Civil de Euskadi, LABI. "Vamos a darnos también la semana que viene y quizá sea el 11 de enero cuando ya tengamos unas capacidades para analizar los datos", ha manifestado.
A su juicio, las actuales medidas en vigor "son suficientes", siempre que "la ciudadanía, en general" las cumpla "con absoluto rigor".
Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI
El Plan de Protección Civil de Euskadi, Larrialdiei Aurregiteko Bidea-LABI se aprobó por Acuerdo del Consejo del Gobierno en sesión celebrada el 24 de junio de 1997, tras haber sido informado favorablemente por la Comisión de Protección Civil de Euskadi.
Dicho Plan constituye el instrumento fundamental de ordenación de la gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi y, en tal sentido, establece los criterios generales a los que debe ajustarse la planificación en Euskadi, configurando el proceso global de la planificación de protección civil en sus diferentes niveles institucionales; así como lo que resulta propiamente el plan territorial de protección civil de Euskadi, como marco organizativo general o multirriesgo para hacer frente a las emergencias de tipo catastrófico, no sujetas a planificación especial, que requieran de una dirección o coordinación autonómica.
Dicho Plan contempla los mecanismos de actualización y revisión de su vigencia y operatividad, ya mediante revisiones anuales para introducir alteraciones de informaciones referentes a los medios y recursos o mejoras advertidas en el desarrollo del programa de mantenimiento, ya mediante revisiones extraordinarias como consecuencia de experiencias adquiridas, cambios normativos o en la organización que afecte a aspectos fundamentales del Plan.
Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde su implantación, la experiencia adquirida durante ese periodo aconseja modificar la operatividad del LABI para armonizar los contenidos de los diferentes planes de protección civil de modo que en todos ellos se prevean las mismas fases de la emergencia. Tal revisión afecta a la definición y activación de las fases de alerta, emergencia y recuperación.