Aprobado provisionalmente el nuevo PGOU de Bilbao

El nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) se ha aprobado de manera provisional en el Pleno Municipal.
Sonia Alfonso Sánchez
España
18.12.2020
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Este nuevo PGOU determinará los objetivos y las propuestas de desarrollo, es decir, el futuro urbanístico de la ciudad en el horizonte de, aproximadamente, los quince años posteriores a su Aprobación Definitiva, prevista para junio o julio del año próximo.

El objeto del nuevo PGOU es el de, revisando el vigente, determinar los criterios y las propuestas a las que ha de responder el futuro urbanístico de Bilbao dando contestación, en lo posible, a las necesidades y demandas presentes y futuras en materia de ordenación urbana, regeneración y renovación de entornos urbanos, vivienda en sus diferentes situaciones, actividades económicas, medio natural, equipamientos, espacios libres, movilidad y transporte, servicios…, etcétera.

Fases y proceso participativo

El vigente PGOU fue aprobado en el año 1994, siendo publicado su Texto Refundido en junio de 1995. Dos décadas después, por acuerdo de la Junta de Gobierno Municipal, de 8 de septiembre de 2006, se dispuso proceder a la revisión de dicho plan. Ya que con motivo de las nuevas exigencias legales (adaptación a la nueva Ley Vasca del Suelo y Urbanismo), los cambios (territoriales, urbanísticos, medioambientales, jurídicos, socioeconómicos, culturales, etcétera) y el elevado grado de ejecución del plan de 1995, el Ayuntamiento consideró necesario dotar a la ciudad de un instrumento de planeamiento general adecuado para dar respuesta a sus demandas presentes y futuras.

El contenido del nuevo plan es el resultado de un largo y complejo proceso de trabajo. En una primera fase, se llevó a cabo la elaboración de la Información Urbanística y del Diagnóstico, que contó con un proceso de participación ciudadana específico para dar lugar al documento denominado Diagnóstico Participado (2011-2013).

Este documento sirvió de base para la etapa siguiente: la elaboración del Avance del PGOU. Para llegar a él, se llevó a cabo entre julio de 2016 y junio de 2017, un amplio proceso de participación estructurado por medio de diversos foros –canalizados a través de los distritos, mesas de trabajo, consejos sectoriales y la página web Bilbao Aurrerago!–. Fruto del mismo, más de 4 personas realizaron sus aportaciones y propuestas que fueron recogidas en dicho Avance.

A continuación, el Avance fue sometido a un periodo de Exposición Pública (en el que fueron presentados 54 escritos de sugerencias), así como a debate en el seno del Consejo Asesor de Planeamiento. Tras ello, el Pleno Municipal, celebrado en marzo de 2018, acordó aprobar los criterios y objetivos en base a los cuales se abordó la elaboración del documento de revisión del PGOU.

La siguiente etapa, se inició a finales de 2018, cuando –una vez redactado el documento técnico del nuevo plan, incluyendo la Memoria de Evaluación Ambiental así como los informes en materia de Impacto Lingüístico e Impacto de Género, y tras los correspondientes debates en el seno del Consejo Asesor de Planeamiento y Consejo Cívico de la Villa–, el Pleno del Ayuntamiento, celebrado en febrero de 2019, procedió a la Aprobación Inicial del nuevo PGOU y, en consecuencia, iniciar el trámite de exposición pública y dar traslado al nuevo plan a las administraciones sectoriales afectadas.

Ese periodo de exposición pública se abrió en febrero de 2019 y se prolongó hasta mayo de ese año. Fruto del mismo se recibieron 21 informes sectoriales y 265 alegaciones (de las que 84 se estimaron en su totalidad y 59 se estimaron parcialmente).

Como consecuencia de la toma en consideración de esas alegaciones y de muchas de las cuestiones planteadas en los informes sectoriales de otras administraciones, se elaboró un nuevo documento recogiendo los reajustes e introduciendo las modificaciones correspondientes, dando lugar al Documento Modificado, que se aprobó en el pleno de enero de 2020, tras el cual, se adoptó el acuerdo de volverlo a someter a información pública.

Este segundo periodo no era necesario legalmente, pero el Gobierno municipal decidió hacerlo en un ejercicio de transparencia tras la incorporación al documento de las rectificaciones y modificaciones derivadas de la estimación de las mencionadas alegaciones. Inicialmente previsto para 45 días naturales, finalmente ese periodo se ha prolongado por más de cinco meses como consecuencia de la crisis sanitaria. Este periodo de exposición pública concluía con la recepción de 10 informes sectoriales y 134 alegaciones, de las que se ha decidido estimar 37 en su totalidad y 28 parcialmente.

Las rectificaciones y reajustes, que se derivan tanto del informe de las alegaciones como de los informes sectoriales, se concretan de forma detallada en el Documento Complementario para la Aprobación Provisional hoy debatida.

Por último, y con la Aprobación Provisional, al nuevo PGOU le resta para su Aprobación Definitiva en Pleno –prevista para junio o julio de 2021– recibir la Declaración Ambiental Estratégica del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco y el informe favorable de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, a la que han informado todas aquellas instituciones y entidades públicas que podrían verse afectadas por el nuevo planeamiento.

Objetivos, Criterios y Propuestas del nuevo PGOU

El modelo urbanístico que se plantea en el nuevo PGOU es el resultado de la fusión e integración de los objetivos urbanísticos propiamente dichos con los relacionados, entre otros, con la sostenibilidad, la lucha contra el cambio climático y la respuesta a las demandas y necesidades de la ciudadanía, como por ejemplo la inclusión de la perspectiva de género en la planificación urbana.

De hecho, todas ellas son cuestiones indisociables de una compleja realidad en la que necesariamente ha de situarse el nuevo Plan con el fin de dar una respuesta comprometida y responsable a las demandas y necesidades urbanísticas de Bilbao y de su ciudadanía en el citado horizonte aproximado de 15 años.

Situados en ese marco, podemos resaltar a modo de síntesis, algunos de los objetivos, criterios y propuestas del nuevo plan:

1. Mantenimiento y preservación del suelo natural, minimizando la extensión a él de las propuestas urbanas que conlleven su urbanización o artificialización. Ese objetivo se concreta, entre otras, en propuestas de distinta naturaleza como:

Clasificación como suelo no urbanizable de una superficie total aproximada de 2.375 hectáreas, lo que representa aproximadamente el 58,5% del municipio, a lo que deberá añadirse la que se clasifique de esa misma manera en el Plan de Compatibilización de los Planes Generales de Sondika y Bilbao a promover en el ámbito del “Área de Artxanda y entorno”.

Desclasificación de los suelos urbanizables de baja densidad de la ladera de Artxanda y del borde de Arangoiti, manteniendo exclusivamente las siguientes dos actuaciones ya recogidas en el plan que ahora se revisa. Por un lado, la reurbanización del ámbito “Alto de Kastrexana” (con una superficie aproximada de unas 10 hectáreas), y que en la actualidad ha pasado a titularidad municipal en más de un 80% de su superficie. Y por otro, la actuación de nueva urbanización para la ampliación del campus universitario de Deusto (unas 5 hectáreas).

Mantenimiento y preservación del Monte Pagasarri y su entorno como espacio de singular valor natural del municipio; y la consolidación del Plan Especial aprobado para ese ámbito el año 2008. Además, se prevé su ampliación hacia la ladera de Arraiz en unas 92 hectáreas hasta conformar un ámbito total de unas 780 hectáreas.

Ordenación de los núcleos rurales del municipio (Buia, Seberetxe, San Justo y Azkarai) de manera prudente y comedida, sin llegar a agotar las máximas posibilidades de crecimiento reconocidas por la Diputación Foral en el Inventario de Núcleos Rurales de Bizkaia, ordenando un total de 8 nuevas viviendas en edificaciones de nueva construcción.

2. Respuesta a las demandas de carácter urbano en el propio medio urbano actual. Lo que se concreta en:

La consolidación de gran parte del medio urbano actual.

La continuidad de los procesos de regeneración y renovación del medio urbano, en línea con lo previsto en el Plan General de 1995. Los procesos ya iniciados en ámbitos como Zorrotzaurre, Bolueta o Iturrigori-Gardeazabal se extienden a otros ámbitos de muy diversas condiciones y dimensión:

Elorrieta

Olabeaga

Abando Estación

Punta Zorrotza y Zorrozgoiti

Peñaskal

El Plan contempla asimismo una serie de actuaciones de renovación urbana y/o de renovación de los usos de edificios existentes que se extienden al conjunto de los barrios de la ciudad con la finalidad de promover su continua y progresiva mejora y recualificación urbana.

3. Respuesta a la demanda de vivienda, sin llegar a agotar la capacidad de crecimiento reconocida en las Directrices de Ordenación del Territorio vigentes en la actualidad, mediante la ordenación de un total aproximado de 15.314 nuevas viviendas.

El plan no plantea el crecimiento del número de habitantes, sino que simplemente parte del objetivo de fijar la población de Bilbao en torno a los 345 – 350 habitantes.

El plan vincula al régimen de vivienda protegida un porcentaje superior de viviendas al requerido por el cumplimiento del estándar legal vigente en Euskadi. Así, de la edificabilidad total sometida a la obligación de establecer reservas para vivienda de protección social y vivienda tasada se vincula a dicho régimen una edificabilidad equivalente al 45,67%, frente al 40% establecido como obligatorio.

La totalidad de los desarrollos residenciales planteados se localizan en los ámbitos de regeneración urbana antes citados. Y por tanto, se plantean sin necesidad de “nuevos ensanches” que extiendan la urbanización sobre el suelo rural del municipio.

4. Ordenación del sistema de Espacios Libres-Zonas Verdes, generales y locales, que requiere la ciudad, a partir de considerar la particular orografía de Bilbao y estableciendo un modelo integrado, entendido como “ecosistema verde”, del conjunto de espacios libres y zonas verdes del municipio.

Reserva de Espacios Libres Generales con una superficie de 318,75 ha. de superficie, de las que 157,7 has. se sitúan en suelo urbano y las otras 161 ha. se ubican en el suelo no urbanizable.

Una red de espacios libres locales con una superficie total aproximada de 125,49 ha, para cuya obtención se establecen unas reservas superiores a las establecidas como mínimas en las normas reguladoras; así frente al porcentaje mínimo del 15% de suelo a destinar para Espacios Libres Locales de cada ámbito urbanístico residencial, el pan impone unas reservas superiores al 25%.

Ordenación del Anillo Verde a modo de “ecosistema verde” de la ciudad con una superficie aproximada de 1.163 ha. en el suelo no urbanizable, que se complementa con el “ecosistema verde” del medio urbano. La superficie total de los espacios llamados a constituir este “ecosistema verde” (incluidas las superficies situadas tanto en el medio urbano como en el medio natural) es de aproximadamente 1.450 hectáreas, lo que representa un ratio de más de 40 metros cuadrados por habitante.

5. Fortalecimiento del carácter integrador de la Ría como eje estructurante de la ciudad, asegurando la continuidad de los espacios libres por ambas márgenes, en todo su recorrido dentro de la Villa.

6. Respuesta a la demanda de actividades económicas mediante la ordenación de una edificabilidad total aproximada de 485 m², incluida la prevista en plantas bajas de los nuevos desarrollos residenciales.

7. Ordenación del sistema de equipamientos requerido por la ciudad consolidando, en términos generales, las propuestas del PGOU de 1995 y complementándolas con las previstas en los ámbitos objeto de nuevos desarrollos.

8. Determinación del modelo de intervención y desarrollo del medio urbano a partir de la ordenación de los barrios y de los entornos urbanos complejos entendidos como espacios inclusivos, seguros y sostenibles, sustentados todo ello en:

La mezcla de usos, en especial en el área central de la ciudad entendida como como área central de un entorno metropolitano.

La creación y potenciación de centralidades urbanas a través de los denominados “corazones de barrio” favoreciendo la implantación de servicios de proximidad (equipamientos, comercio…) mediante la restricción a la implantación en las plantas bajas de otros usos en competencia como trasteros, garaje o vivienda.

La ordenación de entornos urbanos inclusivos y seguros para; facilitar la gestión del tiempo; garantizar la seguridad en el espacio público; etcétera.

La movilidad sostenible.

9. Determinación del modelo de movilidad, transporte y comunicaciones sostenible, acorde con las medidas de intervención planteadas en el PMUS (Plan de Movilidad Urbana Sostenible 2015-2030 de la Villa de Bilbao). El PGOU concreta las actuaciones necesitadas de reserva de suelo de nueva ocupación para completar y/o reajustar con las actuaciones siguientes:

Conectividad exterior en materia ferroviaria:

Llegada de la Alta Velocidad Ferroviaria a Abando, y generación de un importante nodo de intermodalidad.

Ejecución de la Variante Sur Ferroviaria.

Conectividad exterior en materia viaria:

Finalización de la Variante Sur Metropolitana (en fase de construcción).

Culminación de la Variante Este, entre Ibarsusi y Miraflores.

Nuevo túnel de Santo Domingo.

Eliminación de barreras urbanas:

Eliminación de la actual variante de Rekalde, sustituyéndola por una alternativa sur, subterránea en todo su trazado.

Eliminación de barreras urbanas: soterramiento de la antigua vía de FEVE en Zorrotza; soterramiento de las vías de RENFE a su paso por Olabeaga y eliminación de la barrera de Punta Zorrotza.

Extensión de la red tranviaria hacia Etxebarri y hacia Barakaldo.

Mejora de la movilidad interna:

Nuevo puente sobre el Kadagua (conexión Punta Zorrotza-Burtzeña en Barakaldo), dando continuidad al eje metropolitano.

Puente sobre la Ría (Zorrotzaurre-Punta Zorrotza), como parte igualmente del eje metropolitano.

Nuevas pasarelas para las conexiones entre márgenes: Sarriko-Zorrotzaurre; Olabega-Zorrotzaurre; Atxuri-Zamakola.

La regulación de la reserva de plazas de aparcamientos de conformidad con los criterios reguladores de la movilidad sostenible, estableciendo la obligación de que una parte de dicha dotación se realice en espacios destinados para otro tipo de vehículos, como la bicicleta.

10. Preservación del patrimonio cultural de interés. A través de un nuevo Catálogo en el que, al tiempo que se ha realizado la adaptación de sus contenidos a la Ley del Patrimonio Cultural Vasco de mayo de 2019, se han establecido una serie de criterios entre los cabe destacar:

Se ha aumentado el número de elementos protegidos.

Se ha introducido una categoría específica para la protección de edificios industriales.

Se ha incluido un apartado específico dedicado a la protección de los miradores de madera.

Se ha mantenido la protección de determinados locales.

Se ha regulado la posibilidad de que determinados locales protegidos, que han perdido el uso hostelero, puedan volver a recuperarlo sin perjuicio de las normas establecidas en la Ordenanza.

Como resultado de ello el alcance del Catálogo se puede expresar en los siguientes datos:

Más de 1 edificios incluidos, en sus cinco categorías o niveles de protección.

Más de 220 miradores incluidos entre los 3 niveles de protección.

Además de locales, espacios urbanos, conjuntos de interés ambiental y los diversos inventarios del Patrimonio Arqueológico.

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