Galicia tendrá que repetir "íntegramente" el proceso electoral

Los jueces que forman la JEG han dado hoy oficialidad a la suspensión de las elecciones gallegas convocadas para el 5 de abril, pero cuando se sepa la nueva fecha se repetirá todo el proceso
Carlos A. Sánchez
España
18.03.2020
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Las elecciones gallegas han quedado oficialmente suspendidas. Así lo ha estimado la Junta Electoral de Galicia esta mañana. Un acuerdo que ha sido comunicado a la conclusión de la reunión, explicando que "el plazo previsto en el artículo 15.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General se computará desde el día de la publicación del decreto", es decir hoy, por lo que "se deja sin efecto la celebración de las elecciones al Parlamento de Galicia de 5 de abril de 2020", ha sentenciado el organimso judicial.

Además, entienden los magistrados que "la repetición íntegra del proceso es lo que mejor se ajusta para que la futura votación pueda realizarse en libertad de concurrencia, votación y ejecución sin solución de continuidad".

Esta es la principal conclusión que ha ha resuelto la Junta Electoral de Galicia tras haber examinado hoy el decreto en el que se le comunica que se deja sin efecto la celebración de las elecciones al Parlamento de Galicia, previsto para el próximo 5 de abril. Como consecuencia de la crisis sanitaria, derivada del COVID-19, los distintos candidatos a la presidencia a la Xunta de Galicia habían acordado este lunes con Alberto Núñez Feijóo la suspensión de los comicios gallegos. El texto que recogía el acuerdo de suspensión fue enviado a la Junta Electoral de Galicia que desde hoy oficialmente es un hecho tras haberlo estimado oportuno. 

La JEG ha estudiado la consulta remitida por la Xunta de Galicia, así como las distintas observaciones que han dormulado algunas de las fuerzas políticas que concurren a estas elecciones, cuando se produzcan finalmente: Partido de los Socialistas de Galicia-PSOE, Galicia en Común–Renueva–Mareas y Bloque Nacionalista Galego. 

Finalmente, la Junta Electoral se ha reafirmado en el acuerdo que ya había tomado el 12 de marzo de 2020, en donde recogía los puntos que sistenían "la necesidad de celebrar un proceso electoral, como el convocado por el Decreto 12/2020, de 10 de febrero, de disolución del Parlamento de Galicia y de convocatoria de elecciones DOG núm. 28, de 11 de febrero de 2020 en Galicia". 

Pero ahora la Junta entiende que dada "la situación actual" la mejor solución jurídica es "la repetición íntegra del proceso". Por tanto, la decisión de que las elecciones autonómicas no se celebren el día 5 de abril de 2020 puede ser adoptada por el presidente de la Xunta de Galicia debido "al estado de emergencia sanitaria y estado de alarma" que ha sido declarado en todo el país, afectando dicha situación de emergencia, lógicamente, al territorio gallego.

Los jueces encargados de velar por el proceso electoral han considerado que "los estados declarados constituyen hechos notorios de la vida de nuestra Comunidad Autónoma" y a la vez entiende que "la relevante función institucional de la Diputación Permanente del Parlamento no es imprescindible para el desarrollo de este procedimiento en concreto".

Además, ha expliado que "superadas las circunstancias actuales, las elecciones se puedan desarrollar" cuando los fundamentos para la nueva convocatoria "garanticen el inicio del proceso en condiciones de igualdad para quien intervengan en el mismo".

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