Tras un año de la emisión de la polémica docuserie, Rocío, contar la verdad para seguir viva, el fenómeno sigue generando consecuencias y en esta ocasión legales y económicas.
Luego de ocho meses de que el Juzgado en lo Social número 42 de Madrid declarara la nulidad por vulneración de su derecho al honor en el caso del despido de Antonio David Flores, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimó el recurso de interpuesto por la empresa productora La Fábrica de la Tele y estimó parcialmente, el recurso de interpuesto por los abogados del ex colaborador de ‘Sálvame’, en la que se rectificaba la suma de la indemnización por daños morales, la cual asciende a la cantidad de 120 euros, tal como lo establece la sentencia judicial con fecha 29 de abril.
La suma de la indemnización ahora asciende a 182.361 euros, una cifra sustancialmente mayor a la que se decidió en primera instancia que fue de 82.361. euros.
Según la sentencia del Juzgado de lo Social número 42 de Madrid de fecha 20 de septiembre de 2021: "el despido del trabajador es nulo por vulneración de su derecho fundamental al honor, condenando a la demandada al abono de los salarios dejados de percibir hasta la fecha en la que el contrato temporal hubiera finalizado… así como a la indemnización adicional por los daños ocasionados con la vulneración de su derecho al honor en la cuantía de 50 euros".
Las acusaciones de Rocío Carrasco en contra de Antonio David por maltrato psicológico fueron desestimadas por el juez
Por otra parte, las declaraciones de Rocío Carrasco en la serie documental, en las que acusaba a Antonio David Flores de "maltrato psicológico", ocasionaron un gran revuelo mediático que provocó incluso que hasta personajes de la política emitieran juicios de valor en este caso. No obstante, estas acusaciones de la hija de la más grande en contra del padre de Rocío Flores fueron desestimadas por el juez de la causa.
En esta ocasión, "se condena a la mercantil La Fábrica de la Tele al abono de una indemnización adicional de 50 euros", con lo cual el honor de Antonio David Flores quedaría desmanchado de aquellas acusaciones de Rocío Carrasco potenciadas por la ‘Fabrica de la Tele’ y los colaboradores de Telecinco, conocidos detractores del que hasta hace algo más de un año fuera su compañero de trabajo.
Los colaboradores y presentadores de Telecinco actuaron en contra de la verdad para afectar a Antonio David Flores
En la sentencia se describe sobre el caso de Antonio David Flores y La Fabrica de la Tele que se transmitieron en directo en un programa de máxima audiencia, con fuerte repercusión mediática y en las redes sociales, una serie de circunstancias fácticas y no fácticas, y que la empresa tenía conocimiento de que lo transmitido era falso.
Además, la sentencia deja claro que esto se hizo “con manifiesto desprecio hacia la veracidad de la noticia, sustituyendo una verdad objetiva, empíricamente constatable, por una verdad subjetiva”.
También hace referencia al papel de los colaboradores y presentadores de los programas y explícitamente a la televisora de Fuencarral: "Al medio de comunicación y a los presentadores y colaboradores del programa les es perfectamente exigible también la obligación de respetar la buena fe”.
Según la sentencia judicial , los tertulianos basaron sus aseveraciones solo en el relato de la parte interesada, en este caso Rocío Carrasco y la subjetividad de su testimonio, a la hora de emitir sus conclusiones e “informar”: “la protección del derecho a la libre comunicación se ve reducida y confrontada de forma inmediata con la preservación del derecho al honor de la persona a quien se refiere el contenido de la comunicación”.
Así ha quedado la indemnización a Antonio David Flores
Reza la sentencia judicial que se ha considerado que la indemnización por daños morales por el monto de 20 € es insuficiente para resarcir los daños causados a Antonio David Flores, por lo que la suma asciende a 30 por daños y perjuicios.
De modo que, la indemnización quedaría de la siguiente manera:
"Salarios dejados de percibir: 32.361.
Daños Morales: 120€.
Daños Patrimoniales: 30€.
Total: 182.361"
Además, se le exige a LA FABRICA DE LA TELE, S.L., abonar los honorarios devengados por el abogado de la parte contraria que ha actuado en la querrella por un monto de 800 €".