Malas noticias para la familia de José María Ruíz-Mateos, el polémico empresario fallecido en el año 2015, ha recibido la confirmación de su condena a siete años de prisión por parte del Tribunal Supremo. La que fuera presidenta del Rayo Vallecano ha sido declarada culpable de defraudar a la Agencia Tributaria la cantidad de 8,4 millones de euros en las cuentas del mencionado equipo de fútbol.
Ha sido la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la responsable de confirmar la condena de siete años de cárcel que la Audiencia de Madrid le impuso en el mes de julio del año 2018 a la que fuera presidenta del Rayo Vallecano, Teresa Rivero, por un fraude a la Agencia Tributaria por un total de 8,4 millones de euros entre los años 2009 y 2010.
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El alto tribunal también condena, con la misma pena, al que fuera apoderado del mencionado club, Jesús Fraile, por los mismos delitos (un total de cuatro) contra la Agencia Tributaria en relación al IRPF y el IVA de la mencionada entidad. De la misma manera, reduce la multa y la indemnización que tendrá que pagar el Rayo Vallecano aunque mantiene la cantidad de cuatro millones de euros por su responsabilidad subsidiaria.
La Sala ha desestimado todos y cada uno de los recursos presentados tanto por Rivero como por Fraile, que han sido condenados a dos años de cárcel por cada uno de los dos delitos en relación con el IRPF de los años 2009 y 2010, además de dos años de prisión por el delito relacionado con el IVA del año 2009, más un año de cárcel por el IVA del año 2010.
Igualmente, ratifica la multa para cada uno de los mencionados acusados por un importe total de 16,4 millones de euros y la indemnización, de manera conjunta, a la Agencia Tributaria en la cantidad que fue defraudada.
Eso sí, los magistrados han estimado, de manera parcial, el recurso presentado por el Rayo Vallecano, a quien la propia Audiencia de Madrid ya condenó como persona juridica responsable de un total de dos delitos contra la Agencia Tributaria, uno en relación con el delito del IRPF (ejercicio 2010) y del IVA (del mismo ejercicio).
En el primer caso, la multa es de un millón de euros; en el segundo, el importe asciende a 97.276 euros. También tendrán que indemnizar, de manera conjunta, a Hacienda con 4 millones de euros (por el IRPF 2010) y 389 euros (por el IVA 2010).
El Supremo, con el magistrado Eduardo de Porres al frente de esta sentencia, le da la razón parcialmente al Rayo Vallecano al destacar que no le puede exigir responsabilidad penal al equipo por los “hechos ocurridos antes de la entrada en vigor de la ley orgánica que estableció dicha responsabilidad penal de las personas jurídicas, lo que tuvo lugar el 23 de diciembre de 2010”.