El 4 de diciembre de 2017 venció el plazo máximo estipulado por la Ley de Accesibilidad Universal, que debía garantizar que las comunidades de propietarios de todos aquellos edificios construidos antes del 4 de diciembre de 2010, realizasen los ajustes necesarios en las zonas comunes de la edificación para liberarlas de barreras arquitectónicas, con la finalidad de que estas zonas comunes pudieran ser utilizadas en igualdad de condiciones por todas las personas de la comunidad, incluidas aquellas con disfunciones en su movilidad.
Transcurridos tres meses del cumplimiento del plazo máximo otorgado por la ley, y aún a riesgo de ser sancionados por ello, un 70% de los edificios españoles siguen sin ser accesibles para las personas con movilidad reducida. Sólo en Andalucía, 20 edificios se encuentran en esta situación.
Hablamos sobre ello con Antonio Vílchez, Director Gerente de Vilber Elevación, empresa de elevadores, ascensores y salvaescaleras, que cuenta con una larga tradición en Andalucía en cuanto a eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas, se refiere.
La Ley de Accesibilidad Universal se puso en marcha el 29 de noviembre de 2013, superados los 4 años de plazo, ¿se ha notado la voluntad de los propietarios a la hora de afrontar los ajustes necesarios que garanticen la libre movilidad de las personas discapacitadas en los espacios comunes de una edificación?
La voluntad de garantizar la accesibilidad en todos los espacios se ha notado levemente. Sí que han aumentado el número de consultas, aunque este tipo de gastos no suelen estar previstos en las comunidades de propietarios, por lo que a día de hoy todavía quedan muchos edificios con espacios que incumplen los requisitos de accesibilidad.
En una comunidad de vecinos ¿dónde suele ser más habitual que nos topemos con una barrera arquitectónica?
En las comunidades de vecinos nos solemos encontrar con dos situaciones diferenciadas, por un lado, las escaleras de acceso al portal o a la zona del ascensor, situación relativamente sencilla de solventar con un salvaescaleras o un elevador vertical de pequeñas alturas, y por otro lado, nos encontramos en ocasiones con edificios antiguos que no disponen de ascensor. En este caso la solución puede ser algo más compleja, ya que normalmente será necesario realizar una obra de adaptación del edificio para poder instalarlo.
¿Cuál sería el arpa media de los costes que deben asumir los propietarios para ponerle solución a los problemas de accesibilidad más habituales de una finca?
El presupuesto puede ser muy variado en función de la situación particular de cada edificio, pero la solución más sencilla parte de unos 7 €, con un equipo que cumple la normativa actual y no requiere ningún tipo de obra civil ni modificación estructural del portal. No es un desembolso muy significativo para una comunidad de propietarios media y se garantiza la accesibilidad de todo tipo de personas.
En una sociedad cada vez más envejecida, la gran mayoría de edificios residenciales siguen presentando problemas de accesibilidad ¿Cuál puede ser la solución a corto o medio plazo?
En nuestra opinión, podrían incrementarse las ayudas públicas a la accesibilidad, pero también sería importante una mayor concienciación ciudadana, ya que en muchas ocasiones, los propios vecinos ponen trabas a la hora de realizar algún tipo de actuación enfocada a la accesibilidad de su bloque.
Los Derechos vulnerados se encuentran amparados por nuestra Constitución, pues afectan a la dignidad y a la libertad de las personas, siendo obligación de los Poderes Públicos la protección de sus derechos fundamentales.
Las ayudas públicas, sumadas a la concienciación e iniciativa ciudadana, parecen ser entonces el único modo posible para que finalmente la Ley de Accesibilidad Universal, empiece a ponerse realmente en funcionamiento dentro de nuestro país.