El alto Tribunal, por unanimidad, ha decidido prohibir la sesión de investidura de Carles Puigdemont a distancia. Si Puigdemont decidiera acudir, para ser investido requerirá una autorización judicial.
Los jueces paralizan y suspenden cualquier intento de investidura por delegación, a distancia o telematica pero admiten que pueda ser propuesto como candidato porque sus derechos políticos no están mermados. El tribunal advierte a Roger Torrent, y a todos los miembros de la Mesa del Parlament, de su “deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión” de la investidura de Puigdemont.
El tribunal ha encontrado una fórmula de consenso, un acuerdo intermedio por el que aceptan parcialmente el recurso del gobierno en cuanto a la investidura no presencial de Puigdemont que declaran en suspenso. Esta solución a los recursos que ha sido adoptada por unanimidad, y permite al tribunal no contradecir su doctrina sobre el carácter preventivo de los recursos y satisface en lo esencial la pretensión del Ejecutivo de frenar el nombramiento a distancia.
TESITURA DE TORRENT
La decisión deja al president del Parlament, Roger Torrent, ante la misma tesitura que ya vivió Forcadell cuando el TC dejó en suspenso la tramitación de la Ley de Referéndum y de las leyes de desconexión. O bien acata la ley o bien se enfrenta a un proceso penal por desobediencia y prevaricación, delitos penados con la inhabilitación para el ejercicio de cargo público. Incluso,la suspensión en sus funciones si así lo acordara el Constitucional.
ADVERTENCIA
El tribunal advierte al president y a los miembros de la mesa del Parlament de que deben “abstenerse de iniciar, tramitar, informar o dictar acuerdo o actuación alguna que permita proceder a un debate de investidura de Puigdemont como candidato a la presidencia de la Generalitat, si no está presente físicamente en la ceremonia y con la advertencia de las consecuencias penales en caso de incumplimiento.