Así es la nueva Ley de Tráfico: más puntos y sanciones por cada infracción

La nueva legislación acaba con el margen de 20 kilómetros por hora para adelantar en carreteras convencionales con el objetivo de reducir la mortalidad.
Miguel P. Montes
España
03.12.2021
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El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos, tras la incorporación parcial de las enmiendas remitidas por el Senado.

Esta ley, cuya tramitación finaliza hoy, busca reducir la siniestralidad en carretera, con el objetivo de reforzar la seguridad vial. Para ello, revisa las infracciones que implican pérdida de puntos en el carnet de conducir, reconoce el impacto positivo de los cursos de conducción segura y actualiza la conducción profesional. De igual forma, unifica el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos a dos años, que en la redacción anterior era de dos años para sanciones graves y de tres años para sanciones muy graves. La norma suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Se detraerán 6 puntos por llevar el móvil en la mano y 4 por no usar el cinturón de seguridad.

Con esta aprobación, finaliza la tramitación parlamentaria que se ha desarrollado durante los últimos 6 meses y con la que se da un paso más en el continuo proceso de avance y mejora de la seguridad vial en España.

El objetivo de esta modificación normativa ha sido actualizar varios preceptos de la Ley relativa al Permiso por Puntos, una herramienta que se ha demostrado válida para reducir la siniestralidad en la carretera, pero que era necesario actualizar para mejorar la eficacia del sistema, adaptarla a los tiempos y reforzar la seguridad vial. Además, se han modificado otros artículos de la Ley a propuesta, la mayoría de ellos, de los grupos parlamentarios que, con sus aportaciones han ayudado a hacer una Ley más abierta y orientada a la nueva movilidad presente y futura.

Estas son las principales novedades de la nueva ley: 

      -Distracciones. Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Desde 2016, las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales (31%), en 2020 se incrementó 3 puntos por encima del año anterior. La proliferación de las redes sociales, la dependencia del móvil y la inmediatez son elementos nocivos durante la conducción, por tanto se incrementan los puntos a detraer, manteniéndose en 200 euros la sanción económica.

      -Cinturón de seguridad y elementos de protección. Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistema de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. Se mantiene la misma sanción de 200 euros. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.

      -Más seguridad para los ciclistas. Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5m,, manteniendo la cuantía de 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.

      -Objetos a la vía. Aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.

      -Unificación del periodo para recuperar los puntos del carné. 2 años sin cometer infracciones es el plazo que tiene que transcurrir para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil comprensión y comunicación.

      -Cursos de Conducción Segura y Eficiente. Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir. Estos cursos se están consolidando como una buena práctica y suponen una formación adicional para los conductores.

      -Menores y alcohol y drogas. Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado. 

      -Alcoholímetro antiarranque (Alcoholock) obligatorio para los vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022. Estos vehículos están obligados a llevar instalado un interface para la instalación de estos dispositivos. Se trata de una medida demandada por el sector del transporte de viajeros por carretera.

      -Adelantamientos. Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Dos de cada tres accidentes mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en vía convencional. Esta supresión va en consonancia con el principio de sistema seguro, de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos en vías convencionales es uno de ellos.

 

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