Lea el decreto con las nuevas restricciones en la Comunidad de Madrid

La región aumenta a 18 zonas básicas de salud los cierres perimetrales por el aumento de contagios.
Miguel P. Montes
España
04.01.2021
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La Comunidad de Madrid ha ampliadolas restricciones de movilidad a ocho nuevas zonas básicas de salud y cinco municipios, por lo que, a partir de este próximo lunes, 4 de enero, un total de 18 zonas básicas de salud y cinco municipios de la región tendrán prohibida la entrada y la salida de ellas salvo por causas justificadas.

Lea el decreto del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en el que se actualiza la situación epidemiológica:

"Modificación de la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica

Se introduce la siguiente modificación en la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del Covid-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica: 

   1. La presente Orden tiene por objeto establecer, con carácter temporal y excepcio- nal, medidas adicionales específicas de contención y prevención necesarias para hacer fren- te a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ante su evolución en determinados nú- cleos de población.

   2. Las medidas previstas en la presente Orden se aplicarán hasta las 00:00 horas del día 11 de enero de 2021, sin perjuicio de su prórroga si la situación epidemiológica lo aconseja, en los siguientes ámbitos territoriales:

      En el municipio de Madrid:

         • Distrito de Chamberí: Andrés Mellado.

         • Distrito de Hortaleza: Sanchinarro, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al norte por la calle Margarita de Parma, al oeste por la calle María de Portugal, al este por la calle María Tudor y al sur por la calle Leonor de Austria.

         • Distrito de Moncloa-Aravaca: Aravaca, siendo posible el acceso hacia la zona peri- metralmente delimitada por la avenida de la Victoria, la avenida del Padre Huidrobo —Autovía del Noroeste A6— y la calle Ochandiano.

         • Distrito de Tetuán: General Moscardó, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida del General Perón, el Paseo de la Castellana, la calle de Raimundo Fernández Villaverde y la calle de La Vaguada y su prolongación hasta la avenida del General Perón y a la calle de Raimundo Fernández Villaverde.

      En el municipio de Alcobendas: La Moraleja, siendo posible el acceso hacia la zona peri- metralmente delimitada al oeste por la avenida Valdelaparra, al este por la avenida de la Ermita, al norte por la avenida Olímpica y al sur por la Vía de Servicio de la A-1.

         En el municipio de Móstoles:  Felipe II y Alcalde Bartolomé González.

         En el municipio de Getafe: Getafe Norte.

         En el municipio de San Sebastián de los Reyes:  Reyes Católicos y  V Centenario, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la calle Galileo hasta su confluencia con la avenida Matapiñonera, la avenida Severo Ochoa, la avenida Juncal y la avenida Einstein.

   3. Las medidas previstas en la presente Orden se aplicarán hasta las 00:00 horas del día 18 de enero de 2021, sin perjuicio de su prórroga si la situación epidemiológica lo acon- seja, en los siguientes ámbitos territoriales:

      En el municipio de Madrid:

          • Distrito de Hortaleza: Virgen del Cortijo.

      En el municipio de Alcobendas: Marqués de la Valdavia, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida de España, calle Ruperto Chapí y calle Blas de Otero y Alcobendas-Chopera.

      En el municipio de Aranjez: Las Olivas y Aranjuez.

      En el municipio de San Fernando de Henares: Los Alperchines, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada, a ambos lados de la Autovía del Nordeste A-2, al norte por avenida Tierno Galván, al sur por la Autovía M-21, al este por la M-50 y al oeste por el río Jarama; y San Fernando.

      En los municipios de Torrelodones y Hoyo de Manzanares: Torrelodones.

      El municipio de Ciempozuelos.

      El municipio de Navalcarnero.

      El municipio de Algete.

      El municipio de Mejorada del Campo. El municipio de Villarejo de Salvanés.

4. Las medidas establecidas en la presente Orden serán de aplicación a todas las personas que se encuentren o circulen, así como a aquellas personas que sean titulares de cual- quier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al públi- co ubicado en los ámbitos territoriales afectados».

La presente Orden se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y producirá efectos desde las 00:00 horas del día 4 de enero de 2021.

La limitación de la entrada y salida por razón de salud pública en los ámbitos territo- riales recogidos en el apartado primero de la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, no será efectiva el 6 de enero de 2021.

Madrid, a 30 de diciembre de 2020".

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