La decisión se ha adoptado una vez que el Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga hasta las 00:00 horas del 24 de mayo el estado de alarma, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Entre los acuerdos cuya validez y eficacia se mantiene, figura el aprobado en la reunión extraordinaria mantenida por la Comisión Permanente el pasado 14 de marzo, por el que se dispuso la suspensión de todas las actuaciones judiciales programadas y los plazos procesales que tal decisión conlleva, salvo en los supuestos de servicios esenciales.
Los servicios esenciales son los aprobados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el pasado 13 de marzo de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, con las precisiones realizadas desde entonces.