En su acuerdo, la Comisión Permanente justifica su respuesta "dada la naturaleza y finalidad de la inscripción y los efectos que produce la misma, al estar expresamente incluidas en estas actuaciones esenciales las inscripciones de nacimiento".
Los servicios esenciales en la Administración de Justicia fijados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), establecen que los Registros Civiles "prestarán atención permanente durante las horas de audiencia y que, en particular, deberán asegurar la expedición de licencias de enterramiento y certificados de fe de vida, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del artículo 52 del Código Civil".