A partir de este sábado la situación de confinamiento en España cambiará: la gente podrá salir a hacer ejercicio o pasear cumpliendo una serie de condiciones que están recogidas en la orden del Ministerio de Sanidad que se ha publicado este viernes en el BOE. No obstante, no se podrá coger un vehículo privado ni el transporte público para desplazarse lejos de la vivienda habitual para realizar actividad física no profesional al aire libre.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, anunció el pasado jueves que estas actividades se realizarán por franjas horarias. De 6.00h a 10.00h y de 20.00h a 23.00h los adultos podrán salir a dar un paseo o a hacer deporte. De 10.00h a 12.00h y de 19.00h a 20.00h las personas que requieran salir por motivos de necesidad y personas mayores de 70 años pddrán hacerlo. Por último, los niños menores de 14 años podrán salir de 12.00h a 19.00h con un máximo de una hora para pasear con un adulto.
También aclaró que el deporte al aire libre no profesional debe realizarse de manera individual, aunque aquellas personas que tengan que salir acompañadas por necesidad podrán hacerlo con una persona del mismo núcleo urbano, una persona empleada del hogar o una cuidadora habitual. Por último, los paseos se restringen a un kilómetro de distancia del hogar.
Sin embargo, en la orden ministerial también se contempla una excepción: "estas franjas horarias podrán no ser de aplicación en aquellos casos en los que por razones médicas debidamente acreditadas se recomiende la práctica de actividad física fuera de las franjas establecidas, así como por motivos de conciliación justificados de los acompañantes de las personas mayores, menores o con discapacidad".