En un auto, la Sala de lo Penal también ha rechazado las solicitudes del que fuera socio de Urdangarin, Diego Torres, contra su condena de 5 años y 8 meses de cárcel; y de la esposa de éste, Ana María Tejeiro, contra la multa de 172.384 €, al ser considerada responsable civil a título lucrativo de los delitos de malversación y fraude a la Administración de su marido.
Los magistrados han desestimado igualmente los recursos presentados por el Instituto Nóos, Fundación Deporte Cultural e Integración Social y otras entidades implicadas contra la sentencia del Supremo dictada en junio.
El Supremo explica que en todos estos escritos se alegan "cuestiones extrañas" y que no se atacan decisiones nuevas de los magistrados del alto tribunal, sino que "se viene a combatir indirectamente lo que es decisión de la Audiencia de Palma de Mallorca", que posteriormente fue confirmada por esta Sala "refrendando sus argumentos y reforzándolos con otros destinados a refutar las quejas casacionales".
Las quejas planteadas "son un intento de prolongar o alargar (y en algún punto, ampliar extemporáneamente) el debate de casación", alega el Tribunal Supremo. En este sentido, el auto recuerda que el incidente de nulidad está reservado para denunciar lesiones de derechos fundamentales en la sentencia que dicte el Supremo y que no puede convertirse en una "dialéctica con el tribunal y rebatir los argumentos que haya podido exponer en su sentencia o manifestar las legítimas discrepancias con ello", ni replantear temas ya suscitados y resueltos.
El Tribunal Supremo impuso la pena de 6 años y 3 meses de cárcel para Urdangarin por los delitos de malversación, prevaricación, fraude a la Administración, tráfico de influencias y dos delitos fiscales. Posteriormente, el Supremo rebajó esta pena de prisión hasta los 5 años y 10 meses, al absolverle de los delitos de tráfico de influencias, blanqueo y falsedad; no aceptando así el incremento de 10 años de cárcel que solicitó la Fiscalía. Lo mismo ocurrió con Diego Torres, que en un principio la pena fue de 8 años y medio de cárcel, que finalmente quedaron en 5 años y 8 meses.
Urdangarin, que ingresó el 18 de junio en el Centro Penitenciario de Brieva (Ávila), presentó unos días más tarde, en el mes de julio, dicho incidente de nulidad, asegurando que el fallo carece de "base material lógica", tiene contradicciones y conclusiones predeterminadas. "Cuando la falta de motivación aparece como expresión de la falta de prueba será materialmente insubsanable", afirma el escrito, al mismo tiempo que denuncia la vulneración de derechos fundamentales como la tutela judicial efectiva y la presunción de inocencia.
Además, la defensa de Urdangarin argumenta en el incidente que la supuesta influencia que ejerció el exduque de Palma en las actividades del Instituto Nóos no queda "explicitada, aclarada o justificada" en la sentencia, y que no comprenden qué actos concretos se le reprochan o los motivos de la condena por malversación.
El incidente de nulidad es el trámite previo a la presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, ya que antes de presentarlo se tienen que agotar todas las vías en el Supremo.