El caso de las “tarjetas Black” ya tiene condena. Esta mañana, la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional ha comunicado a los 65 encausados el fallo por el que han sido condenados. 65 imputaciones, 65 condenas. Todos los consejeros que han dispuesto cantidades con las “tarjetas Black” de Caja Madrid y, posteriormente, Bankia han sido culpables en diferentes grados.
Para los magistrados, los mayores responsables han sido Miguel Blesa y Rodrigo Rato, los dos expresidentes de la entidad financiera madrileña que ha sido rescatada por el FROB. Ambos ejecutivos han sido castigados con ir a prisión porque durante su mandato, Miguel Ángel Blesa, primero por ser responsable de la entidad cuando se llamaba Caja Madrid, y Rodrigo Rato, después al convertirse en presidente de Bankia, se apropiaron de dinero indebidamente a través del uso ilícito de las tarjetas de plástico negro. Blesa irá a prisón 6 años, mientras quemesRato ha sido condenado con 4 años y 6 es de cárcel, por ser continuador de la política de las tarjetas Black que había iniciado su predecesor. El tribunal considera que los dos son autores de un delito continuado de apropiación indebida.
[Sumario]
Durante 9 años, Caja Madrid y Bankia registró opacamente 80 movimientos con las tarjetas negras. En total, las operaciones sumaron más de 12 millones de euros. Se pudieron demostrar muchos de los pagos, ya que los cargos registraron múltiples operaciones en centros comerciales, discotecas, restaurantes, joyerías y negocios de diversa índole. Pero muchas disposiciones se realizaron en efectivo, cogiendo el dinero directamente en el cajero, por lo que es difícil saber para qué sirvió el dinero que retiraron. Pero, para los jueces queda probado que en ningún caso se utilizaron por gestiones que pudiesen redundar en beneficio de la entidad financiera.
Con este fallo termina un primer capítulo de la vie en rose que han disfrutado los dos banqueros en los últimos años. La sentencia de la Audiencia Nacional es la primera condena que señala el viaje que nunca soñaron. Los jueces les han embarcado a su viaje más penoso. La prisión de los dos altos ejecutivos cambia una vida de color de rosa por el negro que ha marcado el uso ilícito de las tarjetas opacas durante años y que idearon desde la presidente de la entidad.
La Sección Cuarta impuso condenas que oscilan entre los 3 meses y los 6 años de prisión a todos los imputados por las tarjetas Black. En total, 65 consejeros que usaron el plástico negro para pagar todo tipo de gastos, fuera de la actividad bancaria: lencería fina, clubes de masaje filipino, restaurantes, gastos en el supermercado, farmacia, copas, fiestas, joyas, etc. Estas disposiciones indiscriminadas se produjeron durante casi diez años, desde el 2003 al 2012. En realidad, las black se usaron más años, pero el periodo juzgará entre 1999 y 2002 no ha sido juzgado por la Audiencia Nacional ya que los posibles delitos cometidos durante ese siempre ya habían prescrito.
El tercer acusado que tendría que ir a prisión por colaborar en el delito de las tarjetas negras de Bankia es el ex director general de medios, Ildelfonso Sánchez Barcoj que ha recibido una pena de 2 años y 6 meses de cárcel. Los jueces entienden que Barcoj fue colaborador y cómplice de la operativa desarrollada y que ha contribuido a mermar el caudal de la entidad bancaria.
A los tres condenados por los delitos que les conducen a prisión se les ha absuelto del delito de administración desleal por el que también fueron acusados.
Hay que recordar que Bankia es una entidad rescatada con dinero público, la entidad que más dinero ha costado al erario público. Según los técnicos del Banco de España que se han encargado de cuantificar la cifra de las ayudas financieras que recibieron tanto el Banco Financiero de Ahorros (BFA) como su filial Bankia, la cantidad se estima que ha llegado a los 46 millones de euros. El rescate consta en un escrito que ha recibido el juez Fernando Andreu, según ha informado el diario El Mundo, que posee la documentación en la que consta la redacción de varios informes oficiales del Banco de España cualificando las ayudas recibidas por el estado para impedir la quiebra de la entidad.
La sentencia de las tarjetas Black se describe en 259 folios. La Sección Cuarta se ha remontado al año 1988 para explicar que durante la presidencia ejecutiva de Jaime Terceiro al frente de Caja Madrid se acordó dignificar las retribuciones de los consejeros a través de una tarjeta VISA, que vendría a complementar las dietas que ya recibían. Con esa tarjeta se habilitaba disponer dentro de un límite de dinero, como compensación a los esfuerzos y dedicación ofrecida por los consejeros a la entidad. Posteriormente, en 1995, con la incorporación de nuevos consejeros, el Presidente Terceiro informó de que esas tarjetas VISA eran exclusivamente para gastos de representación, en el desempeño de su función como consejeros de la entidad.
La sentencia considera como hecho probado que Miguel Blesa cuando se colocó al frente de la entidad, por su condición de presidente ejecutivo, recibió dos tarjetas de crédito, una de empresa para gastos de representación y otra, también corporativa, que se atribuyó a sí mismo. Los magistrados explican en el fallo que “al margen de sus retribuciones convenidas contractualmente, para dedicarla a atenciones netamente personales, en detrimento, con el uso que le dio del caudal de Caja Madrid”. Los jueces señalan a Blesa, como presidente, como la persona que “propició” que a los miembros del consejo de administración y a los demás integrantes de la comisión de control de Caja Madrid se les facilitase una tarjeta Visa de empresa contra la que poder disponer dinero sin justificación del gasto. Los jueces explican que Blesa facilitó una fórmula por la que se viabilizaba “una percepción dineraria que acrecentaba a la dieta, no obstante constarle que la única autorizada contra el patrimonio de Caja Madrid lo constituía ésta última”, consta en el fallo.
FUNCIONALIDAD DE LAS TARJETAS
Los jueces describen las tarjetas de crédito entregadas, que tenían un límite máximo anual, con un tope mensual del que se informaba a los acusados en el momento de su entrega, aunque el presidente Miguel Ángel Blesa podía modificarlo y además esos límites no eran coincidentes en todos los casos. A algunos de los acusados se les facilitaba un PIN para extraer dinero en los cajeros y cuando cesaban en su puesto se procedía a dar de baja a la tarjeta, aunque en varios casos algunos de los acusados las mantuvieron activas durante varios meses. Como los gastos se cargaban a una cuenta de la entidad y como esas tarjetas no estaban introducidas en el producto personal que mantenían con la entidad y no tenían conocimiento del extracto de los cargos, llevaban su propia contabilidad manual. Si no agotaban el límite disponible anual, como aconteció en algún caso, el sobrante quedaba a favor de Caja Madrid. En algunos casos, dichas solicitudes de ampliación del gasto, coincidían, según señalan los jueces, “ con periodos de fiestas o vacacionales”.
LAS BLACK ERAN TARJETAS DE EMPRESA QUE NO APARECÍAN EN LAS NÓMINAS DE LOS CONSEJEROS
La magistrada Teresa Palacios, que ha sido la ponente de la Sala Cuarta que ha dictado la sentencia, hace constar que el montante de dinero que representaba el uso de esas tarjetas no se incluía dentro de las relaciones contractuales ni figuraba en el certificado de haberes (o recibo de haberes y certificados de retención del IRPF) que Caja Madrid facilitaba cada año para que sus directivos realizaran sus respectivas declaraciones de la renta, “lo que era perceptible por los acusados, a diferencia del importe de las dietas, cuyo montante sí que figuraba en aquel documento, junto a la correspondiente retención”, siendo por ello coincidente, el certificado de haberes y el borrador de la declaración tributaria que Hacienda remitía cada año a cada acusado, como contribuyente, a fin de realizar su declaración del IRPF. Todos los acusados, según explica la sentencia, conocían la previsión legal y estatutaria sobre la única percepción dineraria contra la entidad, que era la dieta y después de comprobar que la tarjeta corporativa no respondía a ello “les dieron el uso particular que tuvieron por conveniente contra el caudal de Caja Madrid, contribuyendo con su proceder a la merma del mismo propiciada por el acusado Miguel Blesa”.
LA OPERATIVA FUE IDEADA POR BLESA Y LLEVADA A CABO POR SANCHEZ BARCOJ Y RATO LA CONTINUÓ
Los hechos probados de la sentencia describen que la operativa fue dirigida por Miguel Ángel Blesa y que después fue continuada por Rodrigo Rato. Entienden los jueces que también ha quedado probado que el entonces director general de medios, Ildefonso Sánchez Barcoj, cumplió las órdenes de llevar a cabo el uso de estas tarjetas ilícitas e ilegales. Sánchez Barcoj se encargaba de comunicar los nombres de los usuarios que recibían las tarjetas negras, los límites operativos mensuales y anuales que se les concedía a cada uno y autorizaba, si era el caso, ampliaciones a los límites impuestos. Barcoj les comunicaba el código PIN que abría la caja del dinero de plástico. Por eso, el tribunal considera que el director general no solo fue colaborador de un delito continuado de apropiación indebida sino que también fue cómplice de la mecánica utilizada para saquear las cuentas de la caja, primero, y del banco, después, con gastos injustificables e ilícitos.
Barcoj además tenía la misión de “contener bajo su control y al margen del conocimiento de terceros distintos de los usuarios de las tarjetas de las que disfrutaban los miembros de los dos órganos de gobierno además de sus presidentes, al igual que en la etapa de Bankia, que se mantuvieron el empleo de aquellas, dando de este modo cobertura a la merma del caudal de la entidad por la atención a los intereses lucrativos de sus beneficiarios”, dice la sentencia.
RATO UTILIZÓ LAS BLACK, SEGÚN VERDÚ, PARA COMPENSAR EL REAL DECRETO 2/2012 DE SANEAMIENTO FINANCIERO QUE LIMITÓ EL SUELDO DE LOS CONSEJEROS
El relato de hechos de la sentencia finaliza en los años 2010 y 2012, cuando Rodrigo Rato accedió a la presidencia de Bankia. Informado de las tarjetas en cuestión –señalan los jueces- “mantuvo la misma dinámica en todos los aspectos ya expuestos, atribuyéndose una sin amparo en su paquete retributivo, evidenciando además por las condiciones de uso, lo que no le impidió el empleo que le dio contra el caudal de la entidad, el detrimento del mismo, junto al que sabía que se originaba con las que seguía operativas de la etapa de su predecesor en el cargo”. Desde junio de 2011 hasta mayo de 2012 extendió la práctica a su favor y de los acusados Fernández Norniella y Sánchez Barcoj. De esa forma, compensaban las limitaciones legales retributivas que habían sido marcados en el Real Decreto Ley 2/2012 de 3 de febrero de aquel año, para el saneamiento del sector financiero, que limitaba las retribuciones de los administradores y directivos de las entidades de crédito, como Bankia, ya que entonces ya habían recibido apoyo financiero público para su saneamiento. Tanto a Rodrigo Rato, ex ministro de Economía del gobierno del Partido Popular en la etapa de José María Aznar y ex presidente del Fondo Monetario Internacional, como Miguel Ángel Blesa el tribunal les considera actores del uso ilegal de las tarjetas porque “ostentaban el dominio del hecho” y ellos mismos podían haber acordado “el reverso de la decisión adoptada”, es decir, haber suprimido la operativa ilícita. A los demás acusados se les considera colaboradores, porque contribuyeron todos ellos a la merma del caudal de la entidad bancaria.
El Real Decreto 2/2012 que aprobó el gobierno de Rajoy, a través del ministerio de De Guindos, limitó la remuneración de los principales dirigentes de las entidades financieras rescatadas a 600 euros. Pero Rodrigo Rato, cuando llegó a Bankia, cobraba más de 2,34 millones de euros.
EL CONSEJERO FRANCISCO VERDÚ, QUE RECHAZÓ LA TARJETA BLACK, ES EL ÚNICO ABSUELTO POR LOS DELITOS DE LOS QUE FUE ACUSADO
Los jueces hacen constar el caso de uno de los consejero, Francisco Servando Verdú, que rechazó la tarjeta “por no venir contemplada en su paquete remuneratorio”. Es el único que no ha sido condenado por haber aceptado la prebenda de plástico opaca que sí utilizaron el resto de colegas. Francisco Servando incluso aconsejó a Rato que declinase a hacer uso de la tarjeta Black. De hecho en sede judicial declaró que le dijo al ex director del Fondo Monetario Internacional, Rodrigo Rato, que “si usas la tarjeta para gastos personales saldrás en los papeles”. Durante el juicio declaró en el juicio que cuando Rato se la había ofrecido le advirtió que ese sistema era “contrario a la praxis bancaria” puesto que le habían comentado que podría cargar cualquier tipo de gastos sin aportar justificantes. La Visa tenía un límite anual de 75 euros, detalló Verdú y añadió que “el presidente -por Rato– estaba muy preocupado por la disminución de retribuciones que podía haber en las entidades con ayudas públicas a raíz de un Real Decreto Ley y me dijo que para paliar esa reducción podía disponer de dinero a través de esta tarjeta”, relató Verdú.
LA FISCALÍA PIDIÓ LA ATENUANTE DE REPARACION DEL DAÑO PARA LOS CONSEJEROS QUE DEVOLVIERON PARTE DE LO INDEBIDAMENTE COBRADO
La fiscalía solicitó que se aplicase la atenuante simple para aquellos acusados que ingresaron las cantidades extraídas en Bankia o en el FROB y no solicitó ningún tipo de atenuante para aquellos que las consignaron judicialmente, a la espera de la sentencia. El tribunal acordó aplicar la atenuante muy cualificada para los primeros y la atenuante simple para los que consignaron las cantidades judicialmente.
Tanto Blesa como Rato tendrán que responder de forma solidaria a todas las cantidades de las que dispusieron los acusados, que las acusaciones fijan en 12 millones de euros pero que el Tribunal explica que se deberá descontar, en ejecución de sentencia las atribuidas al consejero fallecido, Miguel Angel Araújo así como las cantidades que se han considerado prescritas y que por tanto no han sido sometidas a juicio oral.
El tribunal tampoco acepta la petición de Bankia de que se aplicase a Rato y Blesa la atenuante de reparación del daño porque habían devuelto una parte del dinero. El tribunal lo rechaza porque entiende que esas cantidades son muy inferiores a la propia petición de Bankia de indemnización de carácter solidario de 12 millones de euros.
TODOS LOS NOMBRES DE LOS CONDENADOS POR LAS TARJETAS BLACK
Miguel Ángel Blesa: 6 años de cárcel y 7.300 euros de multa.
Rodrigo Rato: 4 años y 6 meses de prisión y 6000 euros de multa.
José Antonio Moral Santín: 4 años de cárcel y 5.400 euros de multa.
Francisco Baquero: 3 años y 2 meses de cárcel y 4.800 euros de multa.
Estanislao Rodríguez-Ponga: 3 años y 2 meses de cárcel y 4.800 euros de multa.
Antonio Romero: 3 años y 2 meses de cárcel y 4.800 euros de multa.
Francisco José Moure: 3 años y 2 meses de cárcel y 4.800 euros de multa.
Jorge Gómez: 3 años y 2 meses de cárcel y 4.800 euros de multa.
Rodolfo Benito: 3 años de cárcel y 4.800 euros de multa.
José María de la Riva: 3 años de cárcel y 4.800 euros de multa.
Gonzalo Martín Pascual: 3 años de cárcel y 4.800 euros de multa.
Gerardo Díaz Ferrán: 2 años de cárcel y 4.800 euros de multa. (Está cumpliendo condena por el caso del grupo Marsans).
Ildefonso Sánchez Barcoj: 2 años y medio de prisión y multa de 6 euros.
Ricardo Morado: 2 años de prisión y multa de 4.200 euros.
Ramón Ferraz: 2 años de prisión y multa de 4.200 euros.
Mariano Pérez Claver: 2 años de prisión y multa de 4.200 euros
Enrique de la Torre: 2 años de prisión y multa de 4.200 euros.
Juan Manuel Astorqui: 2 años de prisión y multa de 4.200 euros.
Carmen Contreras: 2 años de prisión y multa de 4.200 euros.
Carlos Vela: 2 años de prisión y multa de 4.200 euros.
Rafael Spottorno: 2 años de prisión y multa de 4.200 euros
Ramón Martínez Vilches: 2 años de prisión y multa de 4.200 euros.
Juan José Azcona: 2 años de cárcel y 4.800 euros de multa.
Rubén Cruz: 2 años y medio de cárcel y multa de 4.200 euros.
Antonio del Rey de Viñas: 2 años y medio de cárcel y multa de 4.200 euros.
Antonio Cámara: 2 años y medio de cárcel y multa de 4.200 euros.
Javier de Miguel: 2 años y medio de cárcel y multa de 4.200 euros.
Ángel Gómez del Pulgar: 2 años y medio de cárcel y multa de 4.200 euros.
Francisco José Pérez: 2 años y medio de cárcel y multa de 4.200 euros.
Miguel Abejón: 2 años y medio de cárcel y multa de 4.200 euros.
Pablo Abejas: 2 años de cárcel y multa de 4.200 euros.
María Enedina Álvarez: 2 años de prisión.
José Ricardo Martínez: 2 años de prisión.
Carmen Cafranga: 1 año y 8 meses de cárcel y multa de 4.200 euros.
Juan Gómez Castañeda: 1 año y 8 meses de cárcel y multa de 4.200 euros.
Cándido Cerón: 1 año y 8 meses de cárcel y multa de 4.200 euros.
Carlos María Martínez: 1 año y 6 meses de cárcel y multa de 4.200 euros.
José María Arteta: 1 año y 6 meses de cárcel y 4.800 euros de multa.
Mercedes Rojo: 1 año y 6 meses de cárcel y 4.800 euros de multa.
Santiago Javier Sánchez Carlos: 1 año y 6 de prisión.
Manuel José Rodríguez: 1 año y 6 de prisión
Pedro Bedía Pérez: 1 año y 3 meses de cárcel y multa de 4.200 euros.
Alejandro Couceiro: 1 año y 2 meses de prisión y multa de 2.400 euros.
Rafael Torres Posada: 1 año y 2 meses de prisión y multa de 2.400 euros.
Fernando Serrano: 1 año y 2 meses de prisión y multa de 2.400 euros.
José Manuel fernández Norniella: 1 de cárcel y 3.600 euros de multa.
Darío Fernández Yruegas: 1 año de cárcel y 3.600 euros de multa.
Ricardo Romero de Tejada: 1 año de cárcel y 3.600 euros de multa.
Ramón Espinar Gallego: 1 año de cárcel y 3.600 euros de multa.
Alberto Recarte: 1 año de cárcel y 3.600 euros de multa.
Jesús Pedroche: 1 año de cárcel y 3.600 euros de multa.
Ignacio de Navasques: 1 año de cárcel y 3.600 euros de multa.
Luis Blasco: 1 año de cárcel y 3.600 euros de multa.
José María Buenaventura: 8 meses de prisión y multa de 3 euros.
Beltrán Gutiérrez: 8 meses de prisión y multa de 3 euros.
Matías Amat: 1 año de prisión y multa de 3.600 euros.
Luis Gabarda: 1 año de prisión y multa de 3.600 euros.
Virgilio Zapatero: 8 meses de prisión.
Arturo Fernández: 6 meses de prisión
Javier López Madrid: 6 meses de prisión.
Gabriel Moreno Flores: 1 año de prisión.
José Acosta Cubero: 1 año de prisión.
Miguel Corsini: 4 meses de prisión.
Juan Emilio Iranzo: 4 meses de prisión.
Jorge Rábago: 3 meses de prisión.