El titular del Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, Juan Antonio Ramírez Sunyer, considera que el ‘procés’, en concreto el referéndum ilegal del 1-O, fue financiado con recursos del Fondo de Liquidez Autonómico (FLA). Para el juez, resulta “evidente” que el importe destinado a la celebración del referéndum “debe atribuirse” al menos en parte al dinero obtenido de dicha línea de crédito estatal.
Así lo plantea el juez en un auto, adelantado por el Confidencial y en el que se confirma la personación en la causa de la Abogacía del Estado. Responde a la defensa de Josep María Jove, el que fuera número 2 del exvicepresidente del la Generalitat de Cataluña Oriol Junqueras en la cartera de Economía, quien cuestionaba la falta de legitimidad de los Servicios Jurídicos del Estado en este procedimiento.
El auto tiene fecha de 20 de enero y en él se detalla que la Comunidad Autónoma de Cataluña, recibió 6.664,8 millones de euros en año 2012, a los que siguieron 10.050,6 millones en 2013, 7.912,9 en 2014, 11.133,58 en 2015, 10.090,66 millones en 2016 y 7.757,2 millones de euros el año pasado.
De forma contundente, el juez afirma que estas cantidades constituyen una parte importante de los ingresos anuales de la Generalitat y que, con el objetivo de celebrar el referéndum del 1-O, y a ante la imposibilidad de poder atribuir un gasto concreto a una determinada partida, es por lo que dichos gastos fueron imputados al FLA percibido en el año 2017.
POSIBLES PERSONAS O ENTIDADES INTERPUESTAS
Así, si dicho pago se realizó tanto directamente por la Generalitat como `por personas o entidades interpuestas, se hizo “con la finalidad de desviar el rastro de las partidas” dificultando así la investigación. Insiste el juez en que “todo o parte” de los pagos se realizaron a cargo de los créditos del FLA, cuya finalidad era otra.
El FLA está controlado por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), dependiente del Ministerio de Economía, y obliga a las autonomías que se benefician de estos fondos a pagar su deuda con los bancos o entidades financieras.
Todos estos argumentos, a juicio del titular del Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, “justifican sobradamente “el interés del Estado en la malversación, ya que el Tribunal Constitucional prohibió expresamente utilizar dinero público para financiar la consulta ilegal. El delito que se investiga en este caso es el de malversación de caudales públicos.