El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de Oriol Junqueras de quedar en libertad. La Sala de Recursos del Alto Tribunal, ha confirmado la decisión del juez instructor de mantener en prisión provisional al ex vicepresident de la Generalitat.
Por unanimidad, los tres magistrados sostienen que hay indicios de que ha cometido delitos de rebelión, sedición y malversación y que existe un riesgo relevante de reiteración delictiva.
AUTO JUDICIAL
El auto comienza explicando que la opción política de independencia de una parte del territorio nacional es legítima, ya que la Constitución admite la defensa de cualquier posición política, incluidas las que defienden la desaparición de la misma Constitución. Pero ello ha de hacerse sin cometer delito alguno.
Destaca que la causa penal “no se ha abierto para perseguir la disidencia política ni la defensa de una opción independentista”, por lo que “no puede hablarse de presos políticos.
A juicio del tribunal, lo que ha hecho Junqueras es ir mucho más lejos y participar como vicepresident, en un plan de declaración unilateral de independencia en contra de las resoluciones del Tribunal Constitucional, alzándose contra el Estado español, contra la Constitución, contra el Estatuto de Autonomía y contra el resto del ordenamiento jurídico.
DELITOS DE REBELIÓN, SEDICIÓN Y MALVERSACIÓN
El auto analiza si la actuación de Junqueras, indiciariamente, puede encuadrarse en los delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos, y concluye que sí.
Así, destaca que pretender la declaración de independencia “fuera de cualquier vía de Derecho y anunciando la firme voluntad de incumplir las decisiones del Constitucional, incitando, junto al resto de partícipes en el plan, a sus partidarios a movilizarse en la calle y forzar al Estado a aceptar la independencia, suponía asumir y aceptar previsibles y altamente probables episodios de violencia para conseguir la finalidad propuesta”, actos que efectivamente se produjeron.
En ese sentido, la resolución recuerda los actos de violencia de los días 20 y 21 de septiembre contra una comisión judicial en la Consejería de Economía de la Generalitat, así como el llamamiento a depositar el voto a miles de personas y abrir los colegios electorales para el referéndum ilegal del 1 de octubre, pese a conocer que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tenían la obligación de impedirlo en cumplimiento de las leyes vigentes.
RIESGO DE REITERACIÓN DELICTIVA
En cuanto al riesgo de reiteración delictiva, la Sala señala que no hay ningún dato que permita entender que Junqueras va a abandonar la idea de proclamación unilateral de la independencia, por lo que existe un riesgo relevante de reiteración delictiva.