Habrá elecciones catalanas el 14-F: el TSJC mantiene la fecha

El recurso presentado solicitaba retrasarlas hasta el 30 de mayo, cuando la situación epidemiológica estuviera mejor
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España
29.01.2021
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado lo inevitable: el 14 de febrero se celebrarán elecciones autonómicas en Cataluña. Una decisión polémicas tras reunirse, la Sala Contenciosa, a las doce de la mañana para valorar los pros y contras de mantener dicha fecha. Por tanto, se anula el decreto de suspensión de las elecciones catalanas el próximo 14 de febrero y se mantiene la fecha establecida para las elecciones autonómicas de Cataluña.

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De esta manera, estima el recurso contra el decreto del Govern que retrasaba dicha cita electoral hasta el próximo 30 de mayo, en un momento epidemiológico más adecuado (de la misma forma que en las pasadas elecciones vascas y gallegas que se retrasaron del mes de abril hasta el mes de julio) y mantiene la fecha inicial de la celebración de las elecciones autonómicas catalanas del 14 de febrero.

La Sala Contenciosa también ha anunciado que el fallo definitivo tendrá lugar, como muy tarde, el próximo 8 de febrero, cuando se haya superado el ecuador de la polémica campaña electoral; pero, según ha avanzado la mañana, tras una reunión entre la Generalitat, la Fiscalía y las partes recurrentes, a las 12 de la mañana, ha avanzado la deliberación teniendo en cuenta la presentación de los escritos correspondientes por parte de cada una de las partes. Lo más seguro es que el fallo sobre el mencionado recurso se publique este lunes, acompañado del argumentación completo.

El tribunal ha querido hacer mención a la buena fe procesal por parte de cada una de las partes, señalando la agilidad a la hora de presentar sus respectivos escritos, lo que ha permitido llegar a una resolución en un menor plazo de tiempo. La sentencia se puede recurrir en la sala contenciosa- administrativa del propio Tribunal Supremo. Eso sí, este recurso, en caso de ser presentado, no suspenderá la ejecución de la susodicha decisión por parte del TSJC: no afectaría, en ningún momento, al mantenimiento de la convocatoria electoral el próximo 14 de febrero.

El pasado día 21 de enero, el Tribunal Supremo de Justicia de Cataluña tomó la decisión de suspender, de manera cautelar, el decreto del Govern que aplazaba la fecha de las elecciones autonómicas del 14-F, en un primer momento, al 30 de mayo. Según defendió el Tribunal, las elecciones se debían mantener, de manera provisional, el 14 de febrero para “preservar la normalidad democrática” y que no tenga lugar una “situación de bloqueo y precariedad institucional” que pueda afectar a la legitimidad del Govern en medio de la pandemia.

En un auto, que contaba con el voto particular de uno de los magistrados de la sala (eran siete), el tribunal señala que no obliga que se vote “irreversiblemente el día 14 de febrero” ni que fijara esa fecha como única opción, pues hasta el día de las elecciones se podrían realizar “cambios sustanciales” tanto en el actual estado de alarma como en el ámbito sanitario que podrían provocar que las “autoridades competentes” tomen otra decisión.

El Govern acusó, en su momento, al TSJC de llevar a cabo una “irresponsabilidad”y “poner en riesgo la salud del electorado”, por lo que presentó un nuevo recurso solicitando la suspensión del 14F, alegando que la jornada electoral iba a tener lugar durante el pico de la tercera ola, la más peligrosa, de la pandemia del coronavirus que podría provocar que 200 personas no pudieran ejercer su fundamental derecho a voto.

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