Pablo Echenique tendrá que pagar 80 euros por llamar violador a un hombre

Las declaraciones de ambos políticos tuvieron lugar en defensa de la candidata a la alcaldía de Ávila, Pilar Baeza
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España
18.11.2020
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Pablo Echenique, portavoz de Podemos en el Congreso de los Diputados, ha sido condenado a pagar la cantidad de 80 euros por una intromisión ilegítima en el honor. La familia de un hombre asesinado por la candidata del partido morado en Ávila demandó a varios dirigente de Podemos por llamarle “violador”.

Un juzgado ha condenado a dos dirigentes de Podemos, Juanma del Olmo y Pablo Echenique, por asegurar ante los medios de comunicación que la candidata del partido por Ávila, en el año 2019, Pilar Baeza, había sufrido una violación, al considerar que fue una intromisión ilegitima en el honor del presunto agresor, ya que el Tribunal Supremo no consideró que dicha violación fuera probada. La mujer, mientras tanto, sí fue condenada por disparar mortalmente a este hombre.

[Sumario]

En una sentencia, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 8 de la localidad madrileña de Leganés condena a Del Olmo y Echenique obligándoles a hacer pública la mencionada sentencia en los mismos canales en los que afirmaron -una rueda de prensa y a través de la red social Twitter – que el hombre asesinado por la candidata era un “violador” y a indemnizar al hermano del presunto agresor, que es la persona que puso la demanda, con la cantidad de 80 euros.

Eso sí, la condena, contra la que pueden presentar recurso, exonera a Podemos de cualquier responsabilidad pues considera probado que los dos cargos del partido morado hicieron las polémicas declaraciones a título particular.

La sentencia ha sido fruto de la demanda que fuera interpuesta en el mes de mayo del año 2019 por el hermano de Manuel López Rodríguez tras escuchar unas polémicas declaraciones del portavoz de Unidas Podemos en el Congreso y tras leer un tuit de Del Olmo en el que ambos aseguraban que Pilar Baeza había sido violada hace 35 años antes de su candidatura por un hombre que, tras este hecho, fue asesinado por un familiar de ella con la participación de un joven.

Más concretamente, el pasado 4 de marzo del año 2019, el portavoz de Unidas Podemos en el Congreso de los Diputados respondió durante una rueda de prensa, a la pregunta de si respaldaba la candidatura de Baeza a la alcaldía de la ciudad de Ávila tras conocerse que había cumplido condena por asesinato:

“Simplemente, remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada (…)”

Mientras tanto, Juanma del Olmo, secretario de comunicación de Podemos, compartió en Twitter:

“Abrazo a Pilar Baeza de Podemos Ávila. Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada por complicidad y pagó su deuda con la sociedad”.

Hay que recordar que el Tribunal Supremo, en el año 1990, condenó a Pilar Baeza, que no logró representación municipal el día 26 de marzo del año 2019, a una pena de prisión de 30 años, de los que seis tuvo que cumplirlos en prisión, como cómplice del asesinato de Manuel López, en Madrid, en 1985.

La familia de la víctima, Manuel López, decidió demandar a ambos representantes políticos a través de la abogada Bárbara Royo, al entender que sus palabras afectaron al honor del fallecido, que nunca fue acusado de violación por el Tribunal Supremo, como demuestra la mencionada sentencia.

Por otro lado, fuentes del entorno de los demandados han confirmado que recurrirán ante todas las instancias un fallo que es contrario al criterio de la Fiscalía, que negó la existencia de una supuesta vulneración de derecho del demandante, y consideran que estamos ante una sentencia “contradictoria” que “solo se puede entender cuando vemos que trata sobre dos personas de Podemos”.


La sentencia hace hincapié en la posibilidad de que la violación sí pudiera existir

“no es patente de corso para que pueda afirmarse que la violación existió, como hacen los demandados que no introdujeron en sus manifestaciones el elemento de la probabilidad de que pudiera haber sido violada sino que lo afirmaron rotundamente”.

La sentencia sostiene que las palabras pronunciadas por Echenique significaron “una afirmación gratuita, no contrastada, recogida solo de la versión ofrecida por la señora Baeza, y, sobre todo, absolutamente innecesaria para la idea que el señor Echenique estaba exponiendo”. Además, hay que valorar la gran repercusión en los medios de comunicación que tuvo.

En el caso de Juanma del Olmo, su imputación a Manuel López de un delito de violación “es aún más explícita” y sentencia que en ninguno de los casos se puede utilizar la libertad de expresión para amparar a ambos políticos.

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