Malas noticias en la lucha contra la pandemia del coronavirus en la Comunidad de Madrid: un juez ha anulado la prohibici贸n de fumar no solo en las terrazas, tambi茅n en la calle, establecida por la mencionada autonom铆a. El magistrado se basa en que esta restricci贸n no se puede llevar a cabo al hacer una referencia a una orden establecida por el Ministerio de Sanidad que no se ha publicado en el BOE (Bolet铆n Oficial del Estado).
De esta manera, queda anulada la orden por parte de la Comunidad de Madrid de prohibir fumar en los espacios p煤blicos, terrazas y/o en la calle si no se puede mantener la distancia de seguridad en un intento de frenar la propagaci贸n del coronavirus. Adem谩s del cierre de locales de ocio nocturno y discotecas.
El magistrado se basa a que la mencionada restricci贸n se refiere a una orden por parte del Ministerio de Sanidad que no se ha publicado en el Bolet铆n Oficial del Estado. Por esta raz贸n, el juez ha suspendido la norma al valorar que limita los derechos fundamentales y no estamos bajo un Estado de Alarma ya que no se ha vuelto a decretar.
[Sumario]
Seg煤n el auto firmado por el juez, al no aparecer en el Bolet铆n Oficial del Estado, se produce una situaci贸n hacia la ciudadan铆a de indefensi贸n y, de esta manera, se convierte en “nula de pleno derecho” y, adem谩s, no podr铆a convalidarse. Las comunidades aut贸nomas, como es el caso de Madrid, las medidas contra el coronavirus acordadas con el Ministerio de Sanidad ya fueron publicadas en sus respectivos diarios oficiales. Pero, en el BOE no aparece en ning煤n momento la Orden Ministerial por parte de Sanidad y se hace referencia al mismo en la propia Orden por parte de la Consejer铆a de Sanidad.
Igualmente, el juez defiende que el Gobierno de la Comunidad de Madrid, liderado por la popular D铆az Ayuso, no puede limitar en ning煤n caso los derechos fundamentales que tienen los ciudadanos bajo un “car谩cter general” si previamente no se ha decretado un estado de alarma.
La Comunidad de Madrid present贸 un documento para ratificar la orden 1008/2020 decretada el pasado 18 de agosto. En el mismo se inclu铆an una serie de medidas preventivas para poder hacer frente a la crisis sanitarias una vez terminase la pr贸rroga establecida del pol茅mico estado de alarma. En el Real Decreto se establec铆a impedir el consumo de bebidas alcoh贸licas en la v铆a p煤blica (o sea, el “botell贸n”, uso obligatorio de mascarillas aunque sea al aire libre, en cualquier tipo de espacio cerrado y en los transportes p煤blicos cuando la distancia de seguridad no se respete.
Tambi茅n se estableci贸 un m谩ximo de 10 personas en las reuniones que tengan lugar en la calle y se establec铆a una serie de medidas de prevenci贸n en las residencias de mayores (vinculadas a la realizaci贸n de los PCR y las salidas de los residentes, adem谩s de las visitas).
El d铆a 14 de agosto, tras el establecimiento en otras comunidades aut贸nomas, el Ministerio de Sanidad decidi贸 acordar con las autonom铆as la prohibici贸n de fumar en v铆a p煤blica -siempre que la distancia de seguridad no se pueda mantener- y el cierre de locales de ocio nocturno y discotecas a partir de la una de la ma帽ana. Esta medida se decretaba en toda Espa帽a, hasta ahora.