Este Plan incluye más de 60 medidas organizativas y/o gubernativas que quedan dentro de su capacidad de actuación propia y no rquieren de modificaciones legales para su aplicación. Las medidas aprobadas son el resultado del debate y votación del más de medio centenar de enmiendas presentadas por los vocales a las propuestas que figuraban en los documentos de trabajo definitivos de los distintos bloques que constituyen el Plan de Choque (medidas organizativas y procesales, medidas sobre solución extrajudicial de conflictos, medidas destinadas a colectivos especialmente vulnerables y medidas tecnológicas).
El documento final que recogerá estas medidas, que entre otras cuestiones contemplan el mantenimiento o incremento de las medidas de refuerzo o apoyo en Juzgados y Tribunales, el fomento de las herramientas existentes para la unificación de criterios o la potenciación del empleo de sistemas telemáticos, estará disponible en los próximos días en la página web www.poderjudicial.es, una vez incorporadas las enmiendas aprobadas.
Principios generales de las propuestas de reforma legal
El Pleno del órgano de gobierno de los jueces también ha aprobado los principios y criterios generales que deberían inspirar las reformas legales que puedan acometerse en este momento. En esta materia, la actuación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha de quedar limitada a la función de propuesta y aportación de trabajos técnicos al prelegislador para su valoración y en su caso, tramitación ante las Cortes Generales.
Tras el debate y votación los vocales han acordado que las reformas deberían procurar la agilización procesal; introducir previsiones en la normativa procesal para aumentar la utilización de los medios tecnológicos; favorecer el incremento de la seguridad jurídica, la unificación de criterios ante la previsible litigiosidad masiva y la uniformidad de la respuesta judicial; mitigar el exceso de litigiosidad.
Además, dadas las especiales circunstancias generadas por la crisis sanitaria y su impacto socioeconómico, las reformas habrían de prestar especial atención a determinados procedimientos: los de familia, en principio del interés superior del menor; los mercantiles, al objeto de facilitar la continuidad de las empresas y de la actividad de los profesionales afectados por la crisis; la protección de las víctimas, con especial atención a las de la violencia de género; los contencioso-administrativos más directamente asociados a los efectos de la declaración del estado de alarma; y los laborales sobre protección social, conciliación de la vida familiar y profesional, viabilidad de las empresas y mantenimiento del empleo.
Por último, el Pleno ha señalado como criterios y principios aplicables con carácter general a cualquier reforma procesal que ninguna de las propuestas vaya en detrimento de las garantías procesales ni merme la calidad del servicio judicial; las propuestas han de tener, cuando proceda, carácter temporal y que ha de contemplarse la conexión de las reformas con las exigencias derivadas de la protección de la seguridad y la salud laboral.
Plan de formación extraordinario
El CGPJ está trabajando en la elaboración de un programa de formación extraordinario para la Carrera Judicial, actuación que es competencia exclusiva de este órgano .
Los objetivos de ese plan de formación son: proprocionar a los miembros de la Carrera Judicial instrumentos formativos en las principales materias que surgirán tras el levantamiento del estado de alarma y de la situación de pandemia; mejorar la eficacia y calidad de la respuesta judicial ante los nuevos procedimientos que se planteen; ayudar a la unificación de criterios jurídicos ante los nuevos procedimientos que se planteen; permitir que se continúe con el plan de formación a distancia.
Se ha acordado la constitución de un Grupo de expertos para la elaboración de este programa de formación extraordinario, que se llevará a la práctica a lo largo de este año.