Propuestas al Gobierno para su inclusión en Real Decreto-Ley

La Comisión Permanente del CGPJ ha acordado remitir trece propuestas al Ministerio de Justicia para que estudie su inclusión en el Real Decreto-Ley de medidas urgentes.
Sonia Alfonso Sánchez
España
22.04.2020
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El Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la Administración de Justicia lo está preparando el Gobierno en relación con la gestión de la pandemia del COVID-19.

La remisión de las propuestas responde a una petición urgente que Justicia formuló el pasado viernes a los vocales que forman parte de la Comisión Mixta constituida entre ese departamento y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Cómputo de los plazos suspendidos por el estado de alarma

El objetivo es "unificar criterios y dar dispersión interpretativa en relación con el cómputo de los plazos y términos procesales y administrativos , así como de los plazos de prescripción y caducidad, que se han visto suspendidos o interrumpidos por la declaración del estado de alarma".

El texto plantea que "los plazos procesales o administrativos que hubieran quedado suspendidos o interrumpidos se reanudarán, por el tiempo restante, el primer día en que el estado de alarma no esté vigente".

"En los plazos establecidos por días, los restantes se computarán como hábiles o naturales, según que el plazo interrumpido o suspendido se hubiese establecido en días hábiles o naturales". 

"En los plazos establecidos por meses o años, para determinar el día final del plazo se adicionarán a partir del día de vencimiento ordinario, computado de fecha a fecha, los días naturales del periodo de interrupción o suspensión".

Medidas para el orden jurisdiccional civil

Se incluye "la relativa a los asuntos que se tramitan en los Juzgados especializados en clásusulas abusivas, de modo que en aquellos en los que no se discuta la condición de consumidor del prestatario y tuvieran ya señalada fecha para la celebración de la audiencia previa, se introduzca la posibilidad de que esta no se celebre y se dicte sentencia sin más trámite, si las partes así lo aceptan".

Además, se propone "establecer un nuevo procedimiento para tramitar las demandas que tengan por objeto la modificación de contratos afectados por las medidas adoptadas a raíz de la emergencia sanitaria, que en muchos casos han hecho imposible cumplir adecuadamente lo pactado. Su admisión estaría condicionada a haber intentado una solución extrajudicial previa y se resolverían por los trámites previstos para el juicio verbal".

Po otro lado, plantea la posibilidad, ahora inexistente, de que "los inquilinos puedan oponerse a las demandas de desahucio por falta de pago alegando cualquier circunstancia que, teniendo su origen en la situación provocada por el COVID-19, haya supuesto una imposibilidad en el cumplimiento de sus obligaciones. La regulación vigente del juicio verbal en esta materia impide alegar la concurrencia de fuerza mayor".

En las medidas para la especialidad mercantil se plantea que "las personas físicas que se declaren en concurso no tengan que entregar su vivienda habitual cuando el valor de esta solo sirva para pagar parcialmente la deuda, siempre que se cumplan determinados requisitos; o la reintroducción temporal en la Ley Concursal del llamado "reconvenio", para evitar que entren en liquidación las empresas que como consecuencia de la crisis sanitaria no puedan afrontar los pagos comprometidos en el convenio".

Se propone establecer "un procedimiento extrajudicial obligatorio en materia de transporte aéreo para las reclamaciones por cancelación, denegación de embarque o retraso. Podría acudirse a la vía judicial por la vía de la impugnación de la resolución que pusiera fin a ese procedimiento".

Medidas en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo

Se propone la" inclusión en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de una disposición transitoria que posibilite la tramitación de los procedimientos abreviados evitando la celebración de vistas siempre que sea posible, y singularmente, cuando los elementos probatorios sean esencialmente el expediente administrativo y en su caso, los documentos e informes aportados junto a la demanda".

Se plantea "la modificación de la Ley de Contratos del Sector Público para extender los recursos en vía administrativa en materia de contratos a los que se hayan visto afectados por las medidas contra el coronavirus".

Medidas en el orden jurisdiccional social

Propone "declarar urgentes los procedimientos relacionados con la recuperación de las horas de trabajo no prestadas durante el permiso retribuido previsto en el Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, de modo que estos procedimientos judiciales tendrían tramitación preferente y podrían ser resueltos antes del 31 de diciembre de 2020, que es la fecha legalmente prevista para la recuperación de esas horas".

Se plantea la "aprobación de una norma con rango de ley que establezca un régimen específico para la impugnación de los expedientes de ERTEs derivados del COVID-19 que afecten a varios trabajadores, aunque su número no alcance los umbrales previstos en el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, facilitando así las acciones colectivas. La reforma, en cualquier caso, no impide las impugnaciones individuales de los ERTEs".

"Celebración preferente de juicios, deliberaciones y otras actuaciones procesales por medios telemáticos mientras dure la situación de emergencia sanitaria y cuando los medios tecnológicos lo hagan posible; y la entrada en funcionamiento a la mayor brevedad posible de los Juzgados de lo Social números 43 y 44 de Madrid, creados en virtud de Real Decreto 256/2019, de 12 de abril".

 

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