La decisión se ha adoptado una vez que el Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la resolución de 25 de marzo de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo de autorización de la prórroga de estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020.
Entre los acuerdos cuya validez y eficacia se mantiene figura el aprobado en la reunión extraordinaria mantenida por la Comisión Permanente el pasado 14 de marzo, por el que se dispuso, tras la aprobación por el Consejo de Ministros de esa fecha de la declaración del estado de alarma, "la suspensión de todas las actuaciones judiciales programadas y los plazos procesales que tal decisión conlleva, salvo en los supuestos de servicios esenciales".
Los servicios esenciales son los aprobados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el pasado 13 de marzo, de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, con las precisiones realizadas desde entonces.