El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha hecho pública la entrada en vigor, a partir del próximo 12 de octubre, la nueva normativa europea sobre el etiquetado para carburantes y vehículos. El objetivo de esta nueva normativa es unificar los tipos de combustible utilizados en los países de la Unión Europea, abandonando así los combustibles fósiles como son la Gasolina 95, la Gasolina 98 o el Diésel.
A partir del próximo 12 de octubre, el repostado se identificará con el uso de números y siglas. Pero, ¿cómo deben ser las nuevas etiquetas? Dependiendo de la forma, sabremos qué tipo de combustible es. Por eso, las circulares servirán para identificar la gasolina, las cuadradas para el diésel, y las que tendrán forma de rombo se identificarán con los combustibles gaseosos.
Las nuevas etiquetas deberán estar situadas en las proximidades de la tapa de los vehículos nuevos o del tapón de llenado. Por ello, cuando el cliente pretenda repostar, deberá fijarse en el símbolo que aparece en su tapón.
Si el vehículo está comprado o matriculado antes del 12 de octubre de 2018 no deberá presentar el nuevo etiquetado según indica la ley. Sin embargo, si este se matricula o se compra en fechas posteriores sí que deberá tenerlo.