Brutal novatada en la Complutense de Madrid

Además de la expulsión de los alumnos del centro universitario, hay que tener en cuenta que la difusión de imágenes vejatorias supone una pena de prisión de tres meses a un año.
Miguel Doncel
España
13.09.2019
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El Colegio Mayor Universitario Diego de Covarrubias de Madrid se despide por unos días de los dos alumnos que han sido expulsados. ¿El motivo? Una agresión a una joven en las novatadas universitarias, que ha sido difundida en vídeo en las redes sociales y recogida por los medios de comunicación despertando un debate en torno a la brutalidad de los hechos. 

La Universidad Complutense de Madrid finalmente ha tomado la decisión de que sean expulsados los dos estudiantes que del vídeo viral de una violenta novatada. En las imágenes se puede ver la manera en la que un chico propina una fuerte bofetada a otra estudiante.

QUINCE DÍAS EXPULSADOS DEL COLEGIO MAYOR DE LA UCM

Según la UCM, han sido expulsados durante quince días del colegio mayor donde residen. Así, los que han sido castigados son el estudiante que da el golpe y la alumna que recibe la bofetada. Mientras otros residentes los grababan en el Colegio Mayor Diego de Covarrubias, adscrito a la Complutense.

[Sumario]

Tal y como ha informado la UCM, las novatadas "están prohibidas en la Complutense". Por ello, los estudiantes implicados "voluntariamente" en el desagradable incidente han sido "expulsados durante 15 días", cuentan. Además, están "a la espera de la resolución de la inspección servicios de la Universidad".  

Así, hay que recordar que el Código Penal en la normativa llamada 'De las torturas y otros delitos contra la integridad moral', recogido en el artículo 173.1, establece que: "El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años". 

Mientras que en el título décimo, en cuanto a los 'Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio' en su apartado 7 del Artículo 197 comenta que: "Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia". 

Sin embargo, en los últimos días el vídeo ha corrido como la pólvora en las redes sociales. Así como la noticia ha sido recogida por multitud de medios de comunicación nacionales. "Animalada", "ridícula sanción"… En general, las imágenes no han dejado a nadie indiferente. 

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