El día 5 de abril de 2012, se celebraba en Bilbao el partido Athletic Club y Shalke 04, en el Estadio San Mamés.
Como había antecedentes de incidentes y porque lo exigía la UEFA, se puso en marcha un dispositivo de seguridad en prevención y previsión de posibles altercados. Este dispositivo específico distribuía la ciudad en 6 sectores, a los cuales se les asignaba un número determinado de recursos policiales en cada turno (mañana, tarde y noche).
El responsable de los 6 sectores era un agente de la Ertzaintza. En la Comisaría estaba otro ertzaina quien era responsable de asignar todos los recursos necesarios en cada turno en la ciudad, entre otras responsabilidades.
La calle María Díaz de Haro se encontraba situada en el sector 1, bajo responsabilidad de uno de los encausados. El Athletic Club ganó la competición. Con tal motivo muchos aficionados acudieron a celebrar la victoria. La zona de la calle María Díaz de Haro es una zona de paso de los aficionados del campo hacia otras calles y además es una zona con numerosos bares.
Muchos aficionados acudieron a una especie de plazoleta o callejón que tiene dicha calle, entre las calles Rodríguez Arias y Licenciado Poza, que tiene salida a esta última calle, a través de un túnel estrecho situado al fondo.
En el callejón hay dos bares, que tenían colocadas barras en el exterior y televisores y había muchas personas.
En un momento determinado se produjo una pelea entre algunas de las personas que se encontraban en el callejón, que duró poco tiempo, abandonando el lugar tanto los agresores como los heridos. Se llamó al SOS DEIAK.
Esta comunicación llegó a la Comisaría de Bilbao (Ugarteko) y la Ertzaintza se personó en el lugar. Cuando la Ertzaintza llega a la altura del callejón no ve ninguna pelea y continúa hasta la intersección con Licenciado Poza. En esta esquina algunas personas les lanzaron objetos por lo que los agentes salieron de las furgonetas, procedieron a disparar dos salvas y detuvieron a una persona.
Al tiempo se personaron más agentes de la Ertzaintza. Uno de los encausados, responsable de una de las furgonetas en las que se trasladaron, ordenó cargar a sus agentes. Les recordó en el trayecto que debían disparar primero una salva de aviso y distribuyó los tres binomios (escopetero y escudo), entregándoles las armas que se les habían asignado.
En cuanto los agentes de esta furgoneta bajaron de la misma, comenzaron a cargar hacia el callejón, disparando dos de los agentes varios tiros cada uno con pelota de goma y el tercer agente, varios disparos de aviso. Este hecho duró varios minutos, aproximadamente desde las 23:36 horas hasta las 23:40 horas, en que ya se había producido el impacto de una pelota de goma en una víctima.
Los tres agentes encausados que dispararon, se encontraban próximos al triángulo que el informe de la Policía Nacional señala como probable área de disparo para impactar a la víctima.
El responsable del sector 1 no bajó de la furgoneta hasta aproximadamente las 23:40 horas, es decir, una vez que la víctima había sido herida.
La víctima se encontraba en el callejón pegado a la pared izquierda de la plazoleta, según se entra desde la calle María Díaz de Haro, junto a la barra que había instalado el bar Oktoberfest, cuando en un momento dado recibió un impacto de una pelota de goma en la región cefálica derecha, causándole un traumatismo craneoencefálico que provocó su muerte cuatro días después en el Hospital de Basurto.
Por estos hechos, el Juzgado condena a uno de los seis encausados a dos años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión. Se le condena además, al pago de la sexta parte de las costas procesales causadas, incluidas las de la Acusación Particular.
El resto de los encausados han sido absueltos.