Dar de alta los diferentes suministros de luz, agua y gas es uno de los primeros trámites que se deben llevar a cabo cuando se entra a vivir en una nueva vivienda. Unos trámites que aunque no resultan complicados, pueden traer complicaciones si nunca se han realizado.
Si este es tu caso, aquí te vamos a contar cómo dar de alta la luz en tu nueva vivienda, y todo lo que necesitas saber para poder realizar este trámite sin ninguna complicación.
Pasos para dar de alta la luz en tu hogar
Antes de nada, lo primero será comprobar si tu vivienda ha contado en alguna ocasión con suministro eléctrico. En cualquier caso, tanto si se trata de una vivienda de nueva construcción en la que nunca ha habido suministro eléctrico, como de una vivienda de segunda mano que sí ha tenido luz, pero su propietario la dio de baja, deberás realizar este trámite de nuevo.
¿Cuándo dar de alta la luz?
Si tu nueva vivienda ya cuenta con suministro eléctrico, no será necesario darla de alta, pero sí que tendrás que solicitar un cambio de titularidad.
Si por el contrario se trata de una nueva vivienda que nunca ha contado con suministro eléctrico, una vivienda de segunda ocupación en la que se dio de baja el suministro de forma voluntaria, o un inmueble en la que se procedió a dar de baja la luz por imago, sí será necesario dar de alta el suministro eléctrico.
En aquellas viviendas que no tengan suministro, pero sí lo haya habido anteriormente, será más sencillo tramitar el alta de nuevo.
¿Qué necesitarás para dar de alta la luz?
Para poder dar de alta la luz en tu vivienda necesitarás aportar los siguientes documentos que te mostramos a continuación:
Código CUPS
El código CUPS podríamos decir que es algo similar al DNI de tu hogar, asociado a tu contador digital. Para obtenerlo deberás identificar el punto de suministro, ya que sin él sería imposible dar de alta la luz en tu hogar.
Potencia que quieres contratar
Deberás seleccionar la potencia que quieres contratar, escogiendo entre las potencias normalizadas y las ya definidas. Te recomendamos escoger el nivel de potencia que se adecúe a tus necesidades, aunque siempre podrás modificarla más adelante sin ningún problema.
Si tienes dudas respecto a cuánta potencia eléctrica necesitas, tienes la opción de utilizar una calculadora de potencia que te permita realizar una estimación en base a los electrodomésticos que utilices y al número de ocupantes de la vivienda. Si lo prefieres, también podrías contratar a un técnico electricista para que realizase un estudio de potencia personalizado.
Debes tener en cuenta que contratar más potencia de lo necesaria encarecerá tu recibo de la luz, mientras que si contratas menos de la debida, es muy probable que sufras cortes de luz con cierta regularidad.
Dirección del suministro
Deberás aportar la dirección exacta de tu vivienda, que será fundamental para saber en qué lugar habrá que dar de alta el suministro. También será necesario que un técnico acuda al domicilio.
Datos del titular del contrato
Al tramitar una nueva alta de luz, será necesario aportar los datos completos de la persona responsable del suministro. Estos datos también se podrán modificar en el futuro.
Cuenta bancaria
Para realizar los pagos del alta y de las posteriores facturas, el número de cuenta bancaria será un dato imprescindible.
Boletín eléctrico
En el caso de las viviendas nuevas o que lleven más de tres años sin suministro eléctrico, será necesario aportar un Boletín Eléctrico o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), que servirá para certificar si una instalación es o no apta para el suministro.
Dicho Boletín Eléctrico lo deberá emitir un instalador autorizado, teniendo una validez de 20 años.
Coste de dar de alta la luz
El alta de luz siempre irá acompañada de un coste asociado que deberás pagar directamente a la distribuidora, y que recibirás con la primera factura de la luz emitida.
Este importe asociado variará en función de las especificaciones técnicas de cada vivienda, pero cuenta con unos costes fijos y regulados que están asociados al alta de luz:
– Derechos de acceso: 19,70 €/kW
– Derechos de extensión: 17,37 €/kW
– Derechos de enganche: 9,04 €
Una vez se proceda a dar de baja el suministro, los derechos de extensión se mantendrán adscritos a la instalación durante un periodo de tres años, siempre que se trate de suministros de baja tensión.
¿Cuánto tardarás en tener luz en tu vivienda?
Y por último, la gran pregunta que todos nos realizamos cuando tramitamos una nueva alta de luz: ¿cuánto tardaremos en tener luz en casa?
Por lo general, una vez hayas realizado la solicitud y entregado toda la documentación necesaria, pasarán entre 5 y 7 días hábiles hasta tener luz en tu vivienda.