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La justicia de Reino Unido abre la puerta a un juicio contra Don Juan Carlos

El rey emérito Juan Carlos.

La Justicia del Reino Unido no ha aceptado los argumentos del abogado de Don Juan Carlos de Borbón y ha rechazado que goce de inmunidad ante la demanda de acoso presentada por su examante Corinna Larsen. El juez Matther Nicklin concluye que “ninguno de los fundamentos para defender la existencia de inmunidad de Estado ha logrado demostrarse, y, por tanto, la demanda debe seguir adelante”, según la resolución emitida este jueves. 

El pasado diciembre, los abogados del rey emérito intentaron demostrar la inviolabilidad del padre de Felipe VI por su doble condición de "soberano" y miembro de la Familia Real. Se aferraban a la Ley de Inmunidad de Estado de 1978 (State Inmunity Act), pensada para los representantes diplomáticos en países extranjeros, pero que extiende su protección a jefes de Estado. En su artículo 20, establece que gozarán de inmunidad con garantías de ley  “el soberano u otro jefe de Estado” y “los miembros de su familia que formen parte de su hogar".

No obstante, nada de esto ha convencido a Nicklin. "Si aceptara ese argumento, mañana el acusado podría entrar en una joyería de Hatton Garden y robar un anillo de diamantes. Y no debería hacer frente a ningún proceso penal o civil en esta jurisdicción (a no ser que el Estado español levantara esa inmunidad)”, defiende ele juez. 

“No ha habido reclamación alguna por parte del Estado español, ni alegación, respecto a la inmunidad que el acusado sostiene que aún disfruta. Ni se ha facilitado a esta sala ningún certificado procedente del Ministerio de Exteriores, como establece el artículo 21 de la Ley de Inmunidad del Estado”, ha señalado Nicklin en su decisión. De esta manera, el magistrado defiende que los hechos denunciados pertenecen a la esfera privada del rey emérito. “El acusado no es ni soberano ni jefe del Estado de España. Desde su abdicación, no tiene derecho a inmunidad personal”, ha concluido.

Bethlehem se ha aferrado a la Ley de Inmunidad de Estado que Reino Unido aprobó en 1978 para construir tres argumentos. El primero es que todo aquello referido a Corinna Larsen antes de junio de 2014 es inimputable por la inmunidad de la que gozaba ratione personae (por razón de la persona) al ser Rey de España. Además, una vez fuera del Trono, esta inmunidad se mantiene porque, en el diseño constitucional español del que Juan Carlos I es “piedra angular”, mantiene su condición de soberano y de miembro de la Casa Real. Precisamente estas dos son las condiciones -sovereign y member of his household- las que se entiende de la inmunidad de Estado de 1981. 

Por su parte, Lewis utilizó unos ejemplos un tanto extremos para intentar encausar al padre del Rey. “Si un jefe de Estado mata su jardinero en un ataque de rabia, difícilmente puede concebirse, ni siquiera estirando la imaginación, que haya realizado ese acto en ejercicio de sus funciones de jefe de Estado. Maltratar o acosar a una mujer con la que el acusado tuvo una relación sentimental es un asunto privado. Es casi ridículo sostener que el Estado español es el que cometió esos actos”, asegura el abogado de la examante de Juan Carlos I. Por ende, sostiene que no existe inmunidad que encubra dichos actos. 

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