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¿Qué condiciones debo cumplir para solicitar el Ingreso Mínimo Vital?

La ministra portavoz y ministra de Hacienda, María Jesús Montero; junto a Pablo Iglesias; y José Luis Escrivá, anunciando la aprobación del Ingreso Mínimo Vital.

ÚLTIMA HORA SOBRE EL AVANCE DEL CORONAVIRUS EN ESPAÑA

El Gobierno aprobó este viernes en un Consejo de Ministros extraordinario el Ingreso Mínimo Vital (IMV), un "nuevo derecho social en España" que beneficiará a familias en riesgo de exclusión social y cuya situación se haya visto especialmente agravada por la crisiss sasanitaria del coronavirus. Pero… ¿En qué consiste el IMV?

El vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, aseguró que es una "renta garantizada" en todo el país que "considera el mínimo imprescicndible para garantizar unas condicciones de dignidad". Su carácter es de prestación no contributiva "que garantiza ingresos mínimos a quienes no los tienen". Es decir: unas 850 familias y casi 2,5 millones de personas. A continuación, te respondemos a las preguntas que te puedan surgir.

¿De cuánto dinero hablamos?

La prestación oscila entre los 462 a los 1.015 euros en función de la carga familiar. Se abonará en 12 pagas. 

¿Qué requisitos debo cumplir para solicitarlo? 

Todo dependerá del nivel de ingresos que tengas. Lo podrá solicitar todo aquel cuyos ingresos no superen la renta garantizada anual o al patrimonio neto del que disponga sin contar con el domicilio. Tendrán que se rpersosnas de entre 23 y 65 años con un año de residencia en España o a partir de los 18 si se tiene un menor a cargo. 

¿Cuándo puedo pedirlo? 

A partir del 15 de junio. Además, el vicepresidente aseguró que lo percibirían inmediatamente aquellos hogares en la más extrema situación. 

¿Puedo disponer del IMV si tengo trabajo?

Sí. El Gobierno entiende este nuevo derecho como un "estímulo" para el empleo. No obstante, si el solicitante tiene un trabajo, la prestación se modifica. Iglesias aseguró que sería "la diferencia entre sus ingresoss y el umbral de la renta básica que les corresponde". Además, el solicitante debe estar dado de alta como demandante de empleo y, en el caso de rechazar un trabaajo, se le retiraría la prestación. 

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