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CGPJ se reune en Pleno Extraordinario

Sede del CGPJ en Madrid

El Consejo General del Poder Judicial ha tenido conocimiento de que la Mesa del Congreso de los Diputados acordó, en su reunión de 13 de enero, tramitar por el procedimiento de urgencia la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al CGPJ en funciones y habilitó lo que quedaba del mes de enero para acelerar aún más dicha tramitación. Respecto a este apartado, el CGPJ "lamenta profundamente" que el Congreso de los Diputados haya hecho caso omiso de la solicitud que le dirigió mediante el acuerdo adoptado en su sesión del Pleno de 17 de diciembre de 2020 para que la citada proposición se sometiera a los informes de este Consejo, de la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia/Consejo de Europa) y diera audiencia a las asociaciones de jueces y fiscales, así como a las demás entidades representativas e instituciones públicas del ámbito de la Justicia".

Asimismo, el CGPJ se muestra "preocupado" por lo que considera una "desatención" por parte de la Mesa del Congreso de los Diputados. Por estos motivos, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial se ve en la obligación de "solicitar, desde el más profundo respeto a la autonomía parlamentaria, la reconsideración del acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de dar tramitación urgente y sin audiencia de ningún tipo, a la modificación de una regulación que afecta directamente a una de las principales funciones –eliminándola durante la situación de prórroga del mandato- que el artículo 122 CE le reserva con carácter exclusivo para garantizar la independencia de jueces y magistrados, al no ser la decisión adoptada el camino adecuado ni el más respetuoso con las exigencias del principio de separación de poderes". Insiste el CGPJ que la falta de audiencia "no sólo desconoce el papel del Consejo General del Poder Judicial como garante de la independencia de jueces y magistrados, sino que también le impide pronunciarse sobre la adecuación de la reforma propuesta a los principios constitucionales y a los estándares europeos de todo Estado de Derecho, basados en el principio de separación de poderes según se han definido en el Derecho de la Unión Europea y en los dictámenes de la Comisión de Venecia". Por todo ello, el órgano de gobierno de los jueces "no puede dejar de insistir en su preocupación en la medida que en el trasfondo de este asunto está la excesiva prolongación de la prórroga del mandato de este Consejo, también tenemos nuevamente que instar a las fuerzas políticas representadas en las Cortes Generales para que acuerden su renovación a la mayor brevedad; a que antepongan el cumplimiento de ese deber constitucional, que a todas ellas concierne, a la apresurada aprobación de unas reformas legales que solo han de abordarse desde los principios constitucionales, la prudencia y la mesura, oyendo y debatiendo todas las opiniones. Esa es la única vía para la formación y consolidación de un amplio consenso que libere a esta institución de su constante cuestionamiento y le dote de una estabilidad que redunde en beneficio de la garantía efectiva y permanente de la independencia judicial”.

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