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Oposiciones a las Carreras Judicial y Fiscal 2020

Sede del CGPJ en Madrid

El acuerdo se produce después, de que, el pasado 1 de diciembre, la Comisión de Selección propusiera al órgano de gobierno de los jueces y al Ministerio de Justicia las bases de la convocatoria de las pruebas selectivas en las que se recoge el temario, el contenido de los ejercicios y las demás normas complementarias. Los alumnos de la Escuela Judicial son los que posteriormente ingresarán en la Carrera Judicial y los alumnos del Centro de Estudios Jurídicos se convertirán en miembros de la Carrera Fiscal con la categoría de Abogado Fiscal.

Según explica el CGPJ en el comunicado, podrán tomar parte en la oposición los licenciados o graduados en Derecho que cumplan los siguientes requisitos: ser mayor de edad, tener la nacionalidad española, y no haber incurrido en ninguna de las causas de incapacidad que recogen el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 44 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Por otra parte, 15 de las 300 plazas se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre que acrediten la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes. Las plazas no cubiertas por este turno serán cubiertas por el turno libre.

Tres ejercicios

La oposición constará de tres ejercicios teóricos, todos ellos de carácter eliminatorio. El primero, que se desarrollará simultáneamente en Barcelona, Granada, Madrid, Barcelona y Valencia, consistirá en un cuestionario de 100 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será correcta.

El segundo y el tercer ejercicio se realizarán en audiencia pública y consistirán en la exposición oral ante el Tribunal, en cada uno de ellos, de cinco temas extraídos de distintas materias del temario.

Publicación lista aprobados de la convocatoria 2019

Por otra parte, la Comisión Permanente ha dispuesto también la publicación en el BOE de la relación de los 171 aspirantes que, tras superar la primera fase del proceso selectivo convocado por Acuerdo de 5 de julio de 2019, se incorporarán el próximo 11 de enero a la Escuela Judicial a fin de seguir la fase teórico-práctica a la que se refiere el artículo 301.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ya con la condición de funcionarios en prácticas y conformando la 71 promoción de jueces y juezas.

Ser juez o fiscal

En otro orden de cosas, una vez superada la oposición, los candidatos aprobados son nombrados funcionarios en prácticas y deben elegir entre la carrera fiscal o la carrera judicial. Si se opta por ser juez, se deberá realizar un curso teórico y práctico que se imparte en la Escuela Judicial, ubicada en Barcelona y que tiene una duración aproximada de dos años; mientras que si se elige ser fiscal, deberás hacer lo propio en la Instituto de Estudios Fiscales en Madrid durante un año. Después, se asignará tu primer destino como juez o fiscal, según la especialidad que se haya elegido.

 

 

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