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¿Qué se puede hacer y qué no en los municipios confinados?

El Grupo Covid-19, reunido, encabezado por el ministro de Sanidad, Salvador Illa; y el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la orden ministerial aprobada este miércoles en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) para poder confinar municipios de más de 100 habitantes si se cumplen tres criterios: el primero, incidencia de 14 días superior a 500 casos por cada 100 habitantes; la segunda, que la "positividad" de las pruebas PCR en la ciudad sea superior al 10%; y, por último, que "el 35% de las camas UCI" de los hospitales estén ocupadas. En aquellas ciudades de menos de 100 vecinos, serán las comunidades autónomas las que decidan qué medidas aplicar para controlar al virus. 

Los ciudadanos pueden tener muchas dudas a la hora de hacer ciertas acciones. "¿Qué se puede hacer y qué no si vivo en un municipio confinado?", se preguntarán. A continuación, les intentamos responder a sus preguntas: 

¿Puedo viajar a otra ciudad de mi comunidad o a otra comunidad?

La respuesta es no. No se puede salir ni entrar a un municipio confinado si no es por causa justificada (motivos laborales o asistencia. a centros, servicios, cuidado de personas mayores…). No se podrá ir ni a una segunda residencia siempre que esta esté fuera del núcleo urbano confinado. 

¿Puedo acudir a Madrid si trabajo pero no vivo allí?

Como hemos dicho anteriormente, sí. Es un motivo justificado para entrar, pero deberás tener un permiso de circulación con el que se te autorice a entrar en Madrid o en otro municipio. 

¿Puedo tener ocio?

Siempre que lo tengas dentro del municipio confinado, sí. Recuerda que bares y restaurantes tendrán un aforo máximo del 50% en terrazas y 60% en interior, con una hora de cierre máximo de las 23.00 horas y que no podrán acoger nuevos clientes a partir de las 22.00 horas.

Si vas a un centro comercial, el aforo será del 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22.00 horas.

¿Puedo ir a misa o a una celebración religiosa?

Sí, aunque el aforo de los centros de culto estará limitado a un tercio del aforo y la distancia de seguridad sea de 1,5 metros. 

El aforo máximo de velatorios es de 10 personas en espacios cerrados y 15 al aire libre, sean o no convivientes. 

¿Puedo quedar con mis amigos?

Siempre que no seáis más de seis personas y viváis dentro del municipio confinado, sí. No se puede ir de una ciudad confinada a otra que no lo está para ver a amigos o familiares sin causa justificada. Recuerda que los parques y jardines permanecerán cerrados. 

No vivo ni trabajo en un municipio confinado, pero tengo que pasar por él para llegar a mi destino. ¿Podría hacerlo?

Siempre que el origen o el destino de tu trayecto no esté en un municipio confinado, podrás pasar por ellos.

¿Puedo hacer un examen en Madrid?

Sí, es una causa justificada.

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