El Defensor del Pueblo pide que se garanticen los acuíferos de Los Vélez

Fernández Marugán solicita a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir recuperar los manantiales almerienses
Iñigo Mas Greño
España
10.02.2018
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El Defensor del Pueblo (en funciones), Francisco Fernández Marugán, ha pedido a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir que adopte medidas para recuperar los manantiales de Los Vélez, en Almería. En concreto, ha instado a que se garantice el uso sostenible de las aguas subterráneas y a que se mantenga el caudal de los acuíferos. También ha solicitado que se estudie la relación existente entre los aprovechamientos de agua para riego y la disminución de caudales.

Las sugerencias realizadas por el Defensor tienen su origen en una actuación abierta tras recibir una queja de la Plataforma por la Defensa del Agua de Los Vélez, que denunciaba una grave disminución de los caudales de los manantiales tras la puesta en funcionamiento de los sondeos para riego de explotaciones agrícolas en los municipios de Orce, María y Cúllar.

En opinión del Defensor del Pueblo, hasta que no se elaboren los estudios pertinentes deben primar los principios de precaución y de uso sostenible de los recursos naturales y el interés general. Además, en un contexto de progresiva disminución de las precipitaciones en una zona donde la escasez de lluvias es característica, la sobreexplotación de las aguas subterráneas puede afectar también al Parque Natural de la Sierra de María, un espacio incluido en la Red Natura 2000.

A juicio de la Institución, la Confederación Hidrográfica debe velar por que se garantice un uso armónico del recurso, compatible con otros aprovechamientos existentes y la protección del medio ambiente. Las normas prevén que, cuando así lo exija la disponibilidad del recurso, la Confederación Hidrográfica establezca el régimen de explotación de los acuíferos subterráneos y el régimen al que habrá de adaptarse la utilización coordinada de los aprovechamientos existentes.

Asimismo, la Confederación puede fijar el régimen de explotación conjunta de las aguas superficiales y subterráneas y condicionar o limitar el uso del dominio público hidráulico, revisando las concesiones otorgadas o imponiendo la sustitución de la totalidad o de parte de los caudales concedidos por otros de distinto origen.

Y es también la confederación Hidrográfica quien debe desestimar solicitudes de nuevos aprovechamientos que resulten incompatibles con la planificación hidrológica y ejercer la potestad sancionadora cuando detecte que se realizan aprovechamientos de aguas sin ajustarse a la concesión otorgada o que se realicen sin concesión alguna.

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