El ayuntamiento de Roquetas lleva casi dos años y medio sin cumplir una sentencia del TSJA

El ayuntamiento afirma que Almudena Sánchez debe solicitar de nuevo la licencia de apertura del Alalba Blue Café
Iñigo Mas Greño
España
16.08.2018
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El ayuntamiento de Roquetas de Mar lleva casi dos años y medio, desde marzo de 2016, sin cumplir una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que da nuevamente la razón a la propietaria del café bar Alalba, Almudena Sánchez, en el conflicto sobre el recurso que puso el ayuntamiento de Roquetas contra el dictamen del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Almería que le condenaba a conceder una licencia de apertura al establecimiento ubicado en el paseo de Las Acacias de la Rambla San Antonio, en Aguadulce, tras la denuncia interpuesta por ella en 2010 al cerrarle el local la policía por no tener el documento de apertura de apertura pese a las promesas municipales de recibirlo pronto. Entonces abrió el local argumentando razones de silencio administrativo a sus gestiones para lograr la licencia de apertura.

Recientemente el ayuntamiento ha hecho público que pese a que el alto tribunal andaluz había desestimado las razones municipales para no permitir que se abriera legalmente este negocio, la interesada no había solicitado de nuevo la licencia de apertura, por lo que no iba a concedérsela pese al dictamen de la sentencia.

En declaraciones a este diario, Almudena Sánchez argumenta que “ellos entienden que la sentencia me da la razón, pero que no me otorga la licencia. Esto es de risa, porque ¿entonces qué hemos discutido en los juzgados, señor Amat? En la primera sentencia de 2013 se dice que me tienen que dar la licencia. Ellos recurren al TSJA y pierden. Luego hay una sentencia firme, y me tienen que dar la licencia sí o sí. Con lo cual tienen que cumplir. No voy a solicitar de nuevo la licencia porque la Justicia les ordena que me la den”.

Según confirmaron recientemente fuentes municipales al diario Ideal, “la sentencia se limita a reconocerle el derecho a obtenerla (la licencia) pero no se la concede per se. El expediente sobre este bien inmueble es complejo, ya que por su ubicación no está claro la situación legal del mismo. Una situación que se habría podido resolver hace décadas si la Junta de Andalucía hubiera procedido al encauzamiento de la Rambla de San Antonio, tal como estaba estipulado en el convenio entre Ayuntamiento y Confederación Hidrográfica y a la aprobación correspondiente del deslinde en ese tramo del dominio público hidráulico”.

Los problemas con Alalba Blue Café comenzaron en 2009 cuando fue clausurado por no tener la licencia física de apertura. Almudena Sánchez recuerda que “hablé con el concejal de Urbanismo, José María González, quien me dijo que todo iba bien y que en breve tendría el permiso. También hablé con Amat. Pero esperé y no me la daban. Abrí el año siguiente por las fiestas de Aguadulce y se personó la policía. Puse una denuncia y cuatro años después, en 2013, gané el juicio. El ayuntamiento recurrió y el 28 de marzo de 2016 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía volvió a darme la razón. El 8 de agosto de 2017 presenté un escrito en el ayuntamiento solicitando que se me diera la licencia. El 20 de julio de 2018 presenté otro escrito. Ya no voy a presentar más escritos. Esto es un pitorreo”, se queja la propietaria, quien asegura que durante los nueve años que dura el conflicto judicial, “he perdido todo a consecuencia del cierre del local. Perdí mi casa, mi coche, todo el dinero que había ganado en el sector inmobiliario lo perdí ahí, con una niña pequeña que tenía un año en 2010. Voy a reclamar daños y perjuicios y voy a ir hasta el final”, asegura indignada Almudena Sánchez.

Ella acusa directamente a Gabriel Amat de impedir que le den la licencia de apertura, “porque el alcalde tiene una guerra personal contra mi familia por el tema de la mercantil Urbanizadora Aguadulce. Él quería comprarla pero el propietario no se la quería vender a él bajo ningún concepto. Mi padre, Miguel Martínez Sánchez, la compró en 2005, y el edificio de Alalba Blue Café, que era uno de los inmuebles de Urbanizadora Aguadulce, se abrió con la idea de dar trabajo al padre de mi hija, que era hostelero, en los tiempos del comienzo de la crisis inmobiliaria, así que yo invertí ahí todo lo que tenía, y durante estos nueve años no he podido abrir el negocio”, lamenta.

Almudena Sánchez recuerda que el ayuntamiento “creo que quiere declarar el local como patrimonio municipal pero no pueden hacerlo, no tienen ni escrituras. También dijeron que el local es inundable, pero la Agencia Andaluza del Agua dijo que el inmueble no invade el cauce y además hay un estudio geotécnico del suelo, que pagué yo, que dice que el edificio no es inundable, a diferencia del centro comercial 501 que sí es inundable. También alegaron que había quejas de los vecinos por el ruido, otra falsedad porque nunca han venido a medir el nivel de decibelios e incluso empleados del ayuntamiento que vinieron cuando pude abrir hace años me pedían que subiera el sonido porque no escuchaban la música. Han sido todo tipo de maniobras para no dejarme abrir. Es inaudito”, se queja, asegurando que está en conversaciones con alguna televisión para hacer notoria la situación que padece desde 2009. “Solo quiero que me den lo mío. ¿Por qué no me dan la licencia ya?”, se pregunta.

En cuanto al problema de la construcción en una rambla, en la sentencia del TSJA se hace constar que “se interesó informe y certificación de la Agencia Andaluza del Agua y se emitió informe a fecha de 16-9-10, que determinó que no se necesitaba autorización de este organismo porque la zona en cuestión no quedaba incluida en el dominio público hidráulico, al no estar afectada por la avenida de 500 años. Por ello, se entiende que no existe la infracción referida por el ente local al planeamiento para entender que esta situación obsta a la obtención de la licencia por silencio administrativo positivo”.

El ayuntamiento también alegó para negar la licencia que Alalba Blue Café estaba en terrenos de titularidad municipal, hecho que también rebatió el alto tribunal andaluz, alegando que “la propia Administración Local certifica, a fecha de 28-9-10, que el suelo afectado por el café-bar no está dado de alta en el catálogo de bienes del respectivo ente local. Por ello, con este elenco probatorio, no puede llegarse a la conclusión de que la referida actividad incide en el dominio público. Además, existe informe favorable de calificación ambiental como deriva del expediente administrativo. Con ello, el sentido del silencio administrativo no puede ser distinto al positivo, confirmándose así la sentencia de instancia”.

Contra la sentencia del TSJA no cabe recurso alguno, fallándose que “que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de Roquetas del Mar contra sentencia de fecha de 11-4-13 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Almería y, en consecuencia, se confirma dicha resolución judicial por ser ajustada a derecho”.

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